RTVE tendrá que facilitar los gastos de Eurovisión de 2015

23/05/2016

Luis M. del Amo. Un juez rechaza que la información perjudique los intereses económicos del ente.

Barei, representante española en Eurovisión 2016

Barei, representante española en Eurovisión 2016

RTVE tendrá que facilitar los gastos de su participación en el festival de Eurovisión de 2015, al no estimar el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid el recurso interpuesto por el ente público para evitar facilitar dicha información, tras aceptar el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno la reclamación interpuesta por un ciudadano.

Según informa el Consejo de Transparencia, un ciudadano solicitó a RTVE la información sobre los gastos que la participación en Eurovisión 2015 ocasionó al ente público. La solicitud no fue respondida y, una vez presentada reclamación ante el Consejo de Transparencia, RTVE alegó que darla requería una reelaboración previa y, además, suponía un perjuicio para sus intereses económicos y comerciales.

RTVE mantuvo los mismos argumentos sobre un supuesto perjuicio comercial en el recurso que el ente público presentó para evitar atender la resolución del Consejo de Transparencia, que consideró que la información debería proporcionarse.

La sentencia que resuelve el recurso, estima en cambio, y en apoyo a la resolución del Consejo, que la información solicitada debe “encontrarse en los documentos contables y presupuestarios de la entidad, y no se aprecia que suministrarla exija de una labor previa de reelaboración específica”.

Además, la sentencia establece, que ello no impide, como “con acierto indica el Consejo de Transparencia, proporcionar la información solicitada, puesto que una vez asignados los cupos o cuotas resultantes, RTVE debe conocer necesariamente qué parte le corresponde abonar, pues en caso contrario no podría hacer frente a tales gastos que tendrán también su asiento en los documentos contables”.

No perjudica sus intereses

Asimismo, el juez considera que “proporcionar la información requerida sobre el coste de la participación en Eurovisión no evidencia que perjudique los intereses económicos ni comerciales de RTVE, pues lo único que se reclama es el coste total de que España haya participado en el festival de Eurovisión 2015; y cumplir con lo solicitado no permite constatar que se derive ni un perjuicio para la recurrente ni una ventaja competitiva para otros medios televisivos, ni menos aún para el servicio público que la recurrente presta”.

Primera sentencia favorable al Consejo

De los trece recursos interpuestos hasta hoy por organismos públicos contra el Consejo de Transparencia, que representan el 1,7% de las 766 reclamaciones recibidas, y que mayoritariamente son atendidas por las administraciones públicas, ésta es la primera sentencia que da la razón al Consejo de Transparencia, que vela por el cumplimiento de la Ley y, con ese objetivo, y dentro de su independencia, atiende las reclamaciones de los ciudadanos cuando los organismos públicos no facilitan la información que demandan.

Cuando un organismo o un ciudadano discrepa de la decisión del Consejo de Transparencia, como establece la Ley, puede interponer un recurso a los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid.

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