Los sindicatos denuncian el convenio de la filial multiservicios de Randstad

16/09/2016

Luis M. del Amo. Tratan de frenar la creciente presencia de empresas de externalización a las que acusan de “debilitar” las condiciones laborales.

Los jueces tendrán que decidir sobre la legalidad del convenio de Randstad Project Services, una empresa multiservicios ligada a la conocida consultora y empresa de trabajo temporal. Las principales organizaciones sindicales UGT, CCOO y USO han presentado una denuncia conjunta contra el pacto colectivo. Una batalla judicial que gira en torno a la externalización, y a la reforma laboral, que varió la jerarquía de los convenios de empresa.

La federación de movilidad y consumo de UGT, y las tras dos centrales, han denunciado el convenio colectivo de la filial de la multinacional del trabajo temporal. Esta organización, de nombre Randstad Project Services, presta diferentes servicios a otras empresas. Y ha firmado un convenio colectivo que ofrece cobertura a sus trabajadores.

En su argumentación los sindicatos cargan contra este tipo de empresas multiservicios. En su visión, estas empresas se han lanzado a crear convenios de empresas, con la intención de abaratar costes, devaluando los salarios. Según afirman, las remuneraciones rondan en algunos casos el nivel de catorce pagas de 655 euros cada una, que marca el salario mínimo interprofesional (SMI).

Convenios a la carta

Los sindicatos acusan a las empresas de firmar convenios con representantes de “dudosa legitimidad”. Según razonan, los jueces han venido a poner coto a este fenómeno, anulando por este motivo numerosos pactos colectivos.

Sin embargo, las empresas multiservicios, que externalizan determinadas tareas, se han beneficiado de la aprobación en 2012 de la reforma laboral. Esta reformó otorgó al convenio de empresa la prioridad aplicativa en aspectos esenciales de la relación laboral, frente al sectorial. Según UGT, la reforma ha “agravado” la situación de forma cuantitativa y cualitativa.

“Tenemos claro que la normativa no está adaptada a estas nuevas actividades”, afirman desde FeSMC-UGT, que pide “su necesaria revisión”.

“Es imprescindible que no siga extendiéndose la reducción del campo de la relación contractual, en pro de la expansión de las formas civiles y mercantiles de prestación de servicios”, estiman.

“La nueva regulación deberá articular necesariamente que estas nuevas formas de organización productiva no generen situaciones laborales discriminatorias”, reiteran.

“La proliferación en el mercado de las empresas de externalización de servicios está suponiendo el debilitamiento de las condiciones de trabajo de las empresas principales”, concluyen.

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