El Banco Central Europeo (BCE) ha iniciado una consulta pública relativa a un proyecto de orientación y un proyecto de recomendación sobre el ejercicio de las opciones y facultades que ofrece el Derecho de la Unión respecto de las entidades de crédito que no supervisa directamente, las consideradas como «menos significativas».
El objetivo es armonizar el modo en que las autoridades nacionales competentes supervisan a las entidades de crédito en los 19 países del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y, con ello, asegurar la igualdad de condiciones y el buen funcionamiento del sistema bancario de la Eurozona en su conjunto.
En 2015 el BCE decidió armonizar el ejercicio de las opciones y facultades para la supervisión directa de las 129 entidades de crédito significativas. Este año adoptó un Reglamento y una Guía sobre el ejercicio de las opciones y facultades que ofrece el Derecho de la Unión, un Apéndice de la Guía y el enfoque del BCE para el reconocimiento de sistemas institucionales de protección (SIP).
Una orientación y una recomendación
La versión consolidada de la Guía se ha publicado en la web de Supervisión Bancaria del BCE.
Como segunda medida, para lograr la armonización en todas las entidades, el BCE decidió, en el marco de su función de vigilancia del sistema, armonizar también el ejercicio de las opciones y facultades en las entidades menos significativas mediante la adopción de una orientación y una recomendación.
La orientación será jurídicamente vinculante una vez la apruebe el Consejo de Gobierno del BCE.
El proyecto de recomendación, que es un acto jurídico no vinculante, tiene por objeto armonizar 43 opciones y facultades cuya aplicación no es general sino resultado de una evaluación caso por caso. También sirve de guía a los supervisores nacionales sobre la manera de evaluar estas opciones y facultades individualmente.
El proyecto de recomendación recoge ocho opciones y facultades que requieren un enfoque común específico para las entidades menos significativas.
«Una aplicación incoherente de las opciones y facultades en los países del MUS podría afectar a la solidez general del marco supervisor y a la comparabilidad de los requisitos prudenciales entre entidades de crédito, lo que dificultaría que los participantes en el mercado y el público en general puedan valorar la solidez de las entidades y su cumplimiento normativo», argumentan en el BCE.
«El elevado número de este tipo de disposiciones también aumenta la complejidad regulatoria y los costes de cumplimiento para las entidades, especialmente para las que operan en distintos países. Asimismo, hacen posible el arbitraje regulatorio», insisten en el Banco Central Europeo.
La elección del enfoque propuesto para armonizar el ejercicio de las opciones y facultades respecto de las entidades menos significativas es fruto de un análisis detallado, centrado particularmente en el principio de proporcionalidad, en la medida en que una determinada recomendación pueda ser necesaria para el ejercicio de opciones concretas.
En consecuencia, se propone que los supervisores nacionales puedan adoptar un enfoque flexible respecto de determinadas opciones y facultades cuya armonización no se considera necesaria para garantizar la solidez de la supervisión y la igualdad de condiciones.
El período de consulta de los dos documentos concluye el 5 de enero. Como parte de esta consulta, el BCE celebrará una audiencia pública el 17 de noviembre en su sede en Fráncfort del Meno. Una vez concluida la consulta, el BCE publicará los comentarios recibidos, junto con un informe de comentarios y las respuestas a los mismos
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