La CNMC multa a RTVE y Atresmedia por emitir publicidad encubierta

16/11/2016

diarioabierto.es. El organismo estatal de competencia sanciona con 108.771 euros a Radio Televisión Española (RTVE) y con 103.725 euros a Atresmedia por emitir publicidad encubierta.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 108.771 euros y 103.725 euros a Radio Televisión Española (RTVE) y a Atresmedia, respectivamente, por emitir publicidad encubierta.

En concreto, el organismo estatal ha informado este miércoles 16 de noviembre de que ha sancionado con 108.771 euros a RTVE por publicidad encubierta en el programa ‘La Mañana’ de La 1 del día 29 de marzo de 2015, en el que se emitió sin identificación, publicidad encubierta de una franquicia de gimnasios.

«En un reportaje del programa se habla de la menopausia y los beneficios que aporta la actividad física mientras aparecen en pantalla imágenes del gimnasio cuando las clientas hacen ejercicio, con presentaciones reiteradas de la marca, tanto en la pared del propio gimnasio como en las camisetas, y varias sobreimpresiones en pantalla», ha detallado la Comisión.

En este sentido, la CNMC considera que existe «una finalidad publicitaria y promocional, así como una incitación directa a la utilización de los servicios de este gimnasio» y recuerda que el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual prohíbe «la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales».

Respecto a Atresmedia, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia ha sancionado con 103.725 euros al grupo de comunicación por publicidad encubierta en el programa ‘Objetivo Bienestar’, emitido en el canal Nova de Atresmedia, el pasado 20 de marzo.

«Durante este programa se emitió un espacio de carácter divulgativo e informativo de unos 10 minutos de duración, con entrevistas y reportajes, promoviendo el nombre y la actividad» de una clínica oftalmológica «con propósito publicitario», según ha especificado la Comisión.

Finalmente, el organismo estatal ha recordado que contra ambas decisiones, tanto RTVE como Atresmedia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

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