CCOO reclama que las horas extra en banca se paguen con libranzas o con dinero

09/02/2017

Miguel Ángel Valero. El sindicato exige "definir y acordar cual es la jornada máxima de trabajo efectivo anual  y cuando se considera que las personas ya han cumplido con la realización de la misma".

Los sindicatos y la representación de la Asociación Española de Banca (AEB) y de las Cajas de Ahorros (CECA) se reunieron de nuevo el 8 de febrero para tratar la regulación del registro de la jornada laboral en el sector financiero.

CCOO reclama que las horas extraordinarias que realizan los empleados del sector financiero sean recompensadas, ya sea en tiempo de descanso retribuido o, cuando eso no sea posible, con la remuneración correspondiente. Pero renuncia a presentar ante las patronales del sector, AEB y Ceca, un «sistema concreto de cómo debe registrarse la jornada diaria porque entendemos que es harto complicado establecer un sistema a nivel de todo el sector financiero por las diversas situaciones que se dan en las empresas, tanto por lo que se refiere a los distintos horarios existentes en las mismas, que incluyen mucho trabajo fuera de los centros, como por las distintas velocidades a las que se está implementado la digitalización».

El sindicato reclama «definir y acordar cual es la jornada máxima de trabajo efectivo anual (la de la entidad, la del Convenio u otra que se haya acordado) y cuando se considera que las personas ya han cumplido con la realización de la misma». Y «considerar como tiempo de trabajo efectivo las convocatorias, incluida la formación, para la realización de cualquier actividad fuera de los límites de la jornada ordinaria».

Recuerda a las entidades que en el Convenio de Banca ya se considera como tiempo efectivo de trabajo los 15 minutos diarios de descanso.

Entre sus propuestas, «la no exigibilidad de la realización de aquellas horas que, debido los calendarios laborales establecidos para cada uno de los horarios, den un cómputo anual inferior a la jornada máxima de trabajo efectivo anual».

«Los excesos sobre la jornada efectivamente realizada tienen la consideración de horas extraordinarias y como tales deben ser compensadas ya sea en tiempo de descanso retribuido o, cuando eso no sea posible, con la remuneración correspondiente», propone el sindicato.

«Es imprescindible que, tanto las personas individualmente como sus representantes sindicales, tengan la información periódica fidedigna, diaria, mensual y anual, de cómo se desarrolla el sistema de registro para poder contrastar sí realmente este es el adecuado para medir los posibles excesos de jornada que se produzcan.

Guía de buenas prácticas

CCOO propone «diversas medidas concretas, de obligado cumplimiento para las entidades, que van desde la prohibición de realizar cualquier actividad fuera de los límites de la jornada en días determinados hasta la desconexión, tanto presencial como por cualquier medio telemático o de comunicación, a partir de una determinada hora».

Sindicatos y patronales volverán a reunirse el 22 de febrero para tratar de llegar a un acuerdo sobre la prolongación de jornada.

 

 

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