El Supremo confirma la anulación de dos convenios de multiservicios

09/03/2017

Luis M. del Amo. Stock Uno y Merchanservis, del ramo de la reposición en grandes almacenes, deberán compensar a sus empleados, según CCOO.

El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de dos convenios de empresas multiservicios que fueron anulados previamente por la Audiencia Nacional. Las empresas se dedicaban al sector de la reposición de productos en los estantes de los grandes almacenes. Y pagaban a sus empleados en torno a 5 euros la hora, por debajo del convenio del sector.

La sentencia se enmarca dentro de la batalla legal emprendida por los sindicatos contra las llamadas empresas multiservicios. Estas empresas, alentadas por la última reforma laboral, ofrecen servicios a muy bajo precio a otras empresas. El truco consiste en aprobar convenios propios que rebajan significativamente las retribuciones de los trabajadores y otros aspectos de sus condiciones de trabajo.

Por este motivo, CCOO se felicita de la anulación de estos dos convenios del sector de la reposición en grandes almacenes. La anulación se fundamenta en que los trabajadores que firmaron los convenios no representaban en realidad a los trabajadores; es decir, no reunían los requisitos de legitimación para su firma.

Según explica Comisiones Obreras, de los 46 convenios anulados por la Audiencia Nacional, 11 empresas multiservicios presentaron recurso ante el Tribunal Supremo. Dos de ellas, Stock Uno y Merchanservis acaban de recibir el resultado del pleito.

El Tribunal Supremo confirma la nulidad de sus convenios y les obliga a compensar a sus trabajadores por las cantidades incobradas, según interpreta el sindicato.

Pero además el sindicato apunta a las empresas que contratan a las multiservicios que realizan una “irresponsable competencia desleal”. “Las que tienen externalizada esta actividad permiten a las empresas multiservicios explotar aus personal; apenas pagan un salario de cinco euros la hora. Mientras que el resto paga a su plantilla conforme a un convenio sectorial”, critican.

CCOO: Deben aplicar el convenio sectorial

El sindicato entiende que la consecuencia inmediata de la anulación de estos convenios de empresa es que Stock Uno y Merchanservis están obligadas a aplicar el convenio sectorial que corresponda a la actividad que realizan.

“Puesto que el convenio de empresa que negociaron irregularmente nunca debió aplicarse, el personal de ambas empresas tendría derecho a reclamar, a nuestro entender, la diferencia de cantidades totales sin el límite legal de un año, es decir, desde que se les empezó a aplicar el convenio nulo”, afirma un portavoz.

CCOo advierte que, de no resarcir a los trabajadores, “la única vía posible será la del conflicto”. “Esperamos que no sean necesarias estas medidas, pero de serlo, las colectivas irán enmarcadas también en la campaña conjunta de CCOO y UGT con las empresas multiservicios, que ha conseguido ya la anulación de 46 convenios de empresa estatales existentes”, afirman.

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