El Gobierno limita los sueldos de directivos de la banca

03/06/2011

M. Vázquez del Río. Penaliza a los “superdepósitos”, a los que pone límites de intereses, para acabar con la "guerra de los depósitos"

Tras meses de espera, el consejo de ministros aprobó, por fin, este viernes el real decreto por el que se regulan lor recursos propios de bancos y cajas, que limita además las altas remuneraciones de los directivos cuyas entidades hayan recibido dinero público, y penaliza los denominados “superdepósitos”.

El vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, explicó al término del consejo de ministros que con este real decreto se pretende “paliar la ausencia de regulación” de determinados productos bancarios, que están detrás de la crisis financiera, así como frenar la “guerra del pasivo”, que lo único que ha provocado son “créditos más caros para todo el mundo”.

Cuando finalice el trámite parlamentario (puede tardar entre tres y seis meses), los directivos cuya actividad “tenga un impacto sobre el perfil de riesgo” de la entidad donde trabaja deben tener una remuneración “coherente” con la gestión eficaz del riesgo. De esta forma, fija que entre el 40 y el 60% de la remuneración variable se abone en un plazo mínimo de tres años y establece que la mitad de dicha remuneración se abone en acciones u otros instrumentos que dependan de los resultados de la entidad. Y en este concepto variable se deberá incluir también todas las contribuciones a planes de pensiones. Dichas normas se aplicarán en todas las entidades que hayan recibido ayudas públicas durante estos tres años.

La futura norma también exige la creación de un comité de remuneraciones, según el tamaño y la actividad que realice la entidad financiera.

Por lo que respecta a los bancos y cajas de ahorros que no hayan necesitado ayudas públicas desde que estalló la crisis, el Gobierno deja en manos del Banco de España la decisión de si se deben asignar retribuciones variables así como si se deben limitar.

Los “superdepósitos”

Además de las retribuciones de los altos directivos y ejecutivos de las entidades, el Gobierno ha introducido una penalización a los “superdepósitos” con el único propósito de poner fin a la “guerra del pasivo”. Para ello, la futura ley obligará a las entidades que ofrezcan “intereses excesivamente altos” a sus depósitos a realizar “contribuciones adicionales” al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

La norma incluye la fórmula para calcular dichas contribuciones adicionales. De esta forma, los intereses que reciban sus clientes que excedan de los límites fijados se ponderarán en un 500% para calcular la aportación que debe hacer la entidad al Fondo. De esta forma, el rendimiento que pague la entidad a sus clientes de estos depósitos, a un plazo de tres meses, no podrá en ningún caso superar más de los 150 puntos básicos del Euríbor a ese plazo. Si el plazo de los depósitos se encuentra entre los tres y doce meses, el interés no podrá superar los 150 puntos básicos del Euríbor a seis meses, y si el plazo supera el año, no deberán superar los 100 puntos básicos sobre el Euríbor a doce meses.

Por lo que respecta a los depósitos a la vista, la remuneración no podrá rebasar los 100 puntos básicos del Euríbor a un mes.

Las entidades financieras comunicarán trimestralmente el importe total de sus depósitos cuya remuneración exceda de los límites e ingresarán los importes que correspondan al FGD. Además, el Gobierno ha dejado en manos del Ministerio de Economía la posibilidad de modificar los límites establecidos.

Críticas del sector

Ante estas penalizaciones, el sector ya ha respondido considerándolas “intervencionistas”, al tiempo que advierten que no afectaría a las entidades extranjeras que operan en nuestro país y que también han entrado de lleno en la “guerra del pasivo” como sería el caso del holandés ING o el portugués Banco Espirito Santo, con los que se les daría una ventaja sobre el resto, dado que dichas entidades no realizan aportaciones al FGD.

De momento ninguna de las dos patronales del sector (AEB –banca- y CECA –cajas-) han reiterado su rechazo, ya expresado al Gobierno cuando les dio a conocer el contenido de la futura ley.

A la única entidad que no le “sonó” mal el contenido fue al Santander, cuyo consejero delegado, Alfredo Sáenz, explicó hace poco que este tipo de penalización era adecuada ante el daño a que está sometiendo la guerra del pasivo a las cuentas de resultados de los bancos y cajas que la practican.

Recursos propios

Por último, el real decreto establece sobre los recursos propios en cuanto a las participaciones preferentes de las entidaes los activos que pueden computar como recursos propios y los que no. También fija límites a la exposición a grandes riesgos, de modo que la incapacidad para hacer frente a obligaciones de pago no provoque la venta «apresurada» de activos.

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