El seguro de Responsabilidad Civil es el primero que compra un empresario y el último que anula

10/11/2017

Miguel Ángel Valero. El cumplimiento normativo "no está para paralizar una empresa, sino para dar eficiencia, aportar más dinámica a la empresa y realizar una detección temprana de la manifestación de los riesgos”, afirman en la jornada de la Fundación Inade.

En la jornada de la Fundación Inade sobre las responsabilidades de los empresarios y sus seguros. el director del Instituto Galego de Promoción Económica (Igape), Juan Cividanes, subraya la “necesidad de minimizar los riesgos que pueden dañar la reputación o los resultados económicos de las empresas”. “Es importante que los empresarios cuenten con habilidades, servicios e instrumentos adecuados para gestionar y minimizar los riesgos vinculados a la gestión empresarial”.

Marta Amate, representante de la Confederación de Empresarios de Galicia en el Consello Económico e Social, destaca el “papel fundamental de los seguros, ya que aportan al empresario la seguridad necesaria para operar en el tráfico mercantil”. “Conocer el riesgo es fundamental para combatirlo”, remarca.

El director de la Cátedra Inade-UDC, Fernando Peña, argumenta que “la gestión correcta de la riesgo no hace incurrir a la empresa en gastos, sino todo lo contrario”.

El Presidente de la Audiencia Provincial de A Coruña, José Luis Seoane, aporta datos: las demandas más abundantes en los juzgados son las relacionadas con la responsabilidad civil son las derivadas de la accidentes de circulación. Ya en el caso concreto de la RC
empresarial, el sector de la construcción (por aplicación de la Ley de Ordenación de la Edificación) y la resolución de siniestros de incendios son las más habituales. También se destacó el incremento del número de acciones directas contra consejeros y directivos.

El director del Servicio de Estudios de Marsh España, José María Elguero, aporta que “el riesgo de Responsabilidad Civil es el que más preocupa a los empresarios». «El seguro de Responsabilidad Civil  es el primero que se compra y el último que se anula, porque es
muy difícil gestionar las reclamaciones y hacer provisión de sus consecuencias económicas”.

Elguero también presentó el segundo «Cuadernos de la Cátedra»,  “La responsabilidad civil del empresario y sus seguros”. En la obra, este experto aborda el análisis de la responsabilidad civil como presupuesto necesario para conocer y entender el régimen de obligaciones y consecuencias de su incumplimiento por parte del empresario.

También expone los riesgos de responsabilidad civil a los que se enfrenta el empresario en el ejercicio de su actividad social y sus relaciones con terceros, enmarcadas en el ámbito de la empresa , extendiéndose no solo a la titularidad jurídica y física de la misma, sino también en su relación con los empleados, como fabricante de bienes y productos o como profesional y directivo.

Además de mostrar las modalidades aseguradoras que dan respuesta a estos riesgos., incluye una parte específica dedicada a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por cuanto genera responsabilidad para el empresario y destaca la importancia de implementar programas de cumplimiento normativo penal para exonerar o atenuar ésta.

Cumplimiento normativo para la eficiencia

La profesora de la UDC, Eva María Souto, y el catedrático de Derecho Civil, José Manuel Busto, resaltan que el escenario implica que las empresas, a través de sus representantes legales deben dar estricto cumplimiento a esta obligación mediante la implementación de los debidos sistemas de control de cumplimiento normativo y prevención del delito, con el fin de intentar evitar que la sociedad incurra en contingencias de tipo penal y, sus administradores, en riesgo serio de responsabilidad personal.

Los programas de cumplimiento normativo,  para que tenga efectividad jurídica, deben tener un uso real. Para Busto, “si estos programas se siguen percibiendo sólo como una exigencia no se podrán implementar con eficacia, restándole la ventaja competitiva que suponen y no teniendo en cuenta que permiten monitorizar el propio cumplimiento dentro de la organización”.

El Compliance no está para paralizar una empresa, sino para dar eficiencia, aportar más dinámica a la empresa y realizar una detección temprana de la manifestación de los riesgos”, subraya Busto.

«Para que un programa pueda servir como atenuante o eximente en un proceso penal es necesario demostrar que fue implantado antes de la comisión del delito y que ha habido una vulneración del mismo», insiste Eva Souto. “El cumplimiento normativo afecta al personal de todos los niveles, de ahí que sea tan importante la formación”.

El corredor de seguros como apoyo

Juan Antonio Astray, responsable del Departamento Jurídico de Gadisa Retail, considera que “las empresas debemos apoyarnos en la figura del corredor, tanto en la declaración de un siniestro como en la tasación previa”. Paul Fernández-Currós, que ocupa el mismo cargo en Puentes y Calzadas, demanda productos de cobertura adecuados a actividades complejas, como en su caso la construcción.

El director de Siniestros de Chubb, Jesús Pérez Álvarez, afirma que “las entidades aseguradoras queremos pagar los siniestros, porque es precisamente nuestra función social, pero lo que nos corresponde”, en referencia a la aplicación excesiva de intereses de mora en siniestros complejos relacionados con la responsabilidad civil. “Recomiendo a los mediadores que revisen las pólizas de sus clientes empresa: hoy no hay casi ninguna póliza preparada para los límites indemnizatorios a fallecidos o grandes lesionados”, añade.

El director de Suscripción de W.R. Berkley, Raúl Martínez Casanovas, agrega que “por nuestros cálculos, un fallecido puede costarle de media a un empresario 3,5 millones de euros, y no nos encontramos con pólizas que cubran estos límites, cuando la industria aseguradora sí está preparada para soportarlos”

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