
De esta forma, el Constitucional ha admitido «parcialmente» los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Parlamento de Cataluña, así como por la Generalitat catalana y por más de cincuenta diputados en el Congreso del PSOE.
Por ello, este organismo declara «inconstitucionales y nulos» los artículos 4 a 6 y precisa que no ve ninguna razón para haber aprobado dicha compensación mediante un decreto ley, puesto que esta medida únicamente está justificada ante la existencia de una situación «de extraordinaria y urgente necesidad a la que debiera hacerse frente».
En un primer momento Enagás, a través de su filial Enagás Transporte, era la encargada de asumir el importe de dicha indemnización de más de 1.300 millones de euros a Escal UGS, aunque el importe se iría repercutiendo durante 30 años en la tarifa del gas.
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