Economía refuerza los controles sobre el blanqueo de dinero

22/12/2017

Miguel Ángel Valero. Aumenta la vigilancia sobre las personas con responsabilidades públicas y sobre las cajas de seguridad de los bancos. // Referencia del Consejo de Ministros

El Ministerio de Economía coloca en consulta pública el anteproyecto de Ley de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, que contempla un aumento de la vigilancia para los ciudadanos españoles con responsabilidad pública. Actualmente, las personas con responsabilidad pública extranjeras son sometidas a un seguimiento especial por parte de las entidades financieras, mientras que respecto a las nacionales se establece un enfoque caso por caso, dependiendo del producto que se contrate.

Con la nueva norma, que es una transposición parcial de la Directiva europea, se unificará el criterio para extranjeros y nacionales con responsabilidad pública, de forma que todas estas personas pasarán a considerarse como de alto riesgo.

Esta norma afectará tanto a personas que desempeñen responsabilidades públicas y a los que lo hayan hecho. Economíaimpulsa una “intensificación” de los controles que se realizan a personas con responsabilidades en el ámbito del sector público, que incluye, consejeros de empresas públicas y todos los altos cargos del Estado, de las autonomías y de los municipios de más de 50.000 habitantes.

Más vigilancia sobre las cajas de seguridad

Además, el anteproyecto contempla un aspecto que no está incluido en la Directiva, que es la revisión del contenido y de los usuarios del Fichero de Titularidades Financieras, la base de datos en la que constan las cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de valores y los depósitos a plazo abiertos en entidades financieras en España, que se actualiza mensualmente y a la que se incorporan las cajas de seguridad de los bancos.

Éstas figurarán en el Fichero, una herramienta de carácter administrativo que tiene como finalidad prevenir e impedir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. La Secretaría de Estado de Economía es responsable del ‘Fichero de Titularidades Financieras’, actuando el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales como encargado del tratamiento de la información.

Economía recuerda que estas normas se sitúan en el ámbito preventivo y administrativo, que tiene como objetivo mantener obligaciones de control a los bancos, compañías de seguros, o a entidades de sectores no financieros como intermediarios en la compra de inmuebles. Estas entidades han de realizar un control de sus clientes para evitar que fondos de procedencia ilícita entren en el sistema financiero. Las entidades tienen que realizar un chequeo inicial de los clientes y un seguimiento posterior de la relación del negocio, y si sospechan que hay blanqueo deben de alertar al Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales, quien si lo considera lo trasladará a la Agencia Tributaria, la Policía, la Guardia Civil o la Fiscalía.

También se revisa el régimen de sanciones en el caso de incumplimiento de estas normas, desde la actual cifra del 5% del patrimonio neto de la entidad hasta el 10% del volumen de negocio consolidado del grupo.

Nuevos operadores para los servicios de pagos

Al mismo tiempo, el Ministerio de Economía ha sometido a audiencia pública hasta el 16 de enero el anteproyecto de la Ley de servicios de pago por la que se regulará el acceso de terceros a la información bancaria de un cliente necesaria para realizar un pago, aunque con su consentimiento previo.

Mediante esta norma, que traspone la Directiva europea, Economía creará un nuevo régimen de operadores para los servicios de pago, de forma que introducirá la figura del iniciador de pagos y la del proveedor de información.

En una compra realizada por un cliente en un comercio electrónico en la que el pago no se haga con tarjeta, sino vía transferencia, el iniciador de pago sería el encargado de realizar la transferencia con los datos del cliente, a los que tendría acceso tras recabar su consentimiento.

Por su parte, los proveedores de información de cuentas actuarían como agregadores de estos productos.

Estos operadores tendrán así derecho a acceder a la infraestructura de los bancos, pero deberán solicitar una licencia para actuar o bien como iniciadores de pago o bien como proveedores de información de cuentas.

La norma contempla una simplificación del proceso de autorización de entidades de tamaño reducido, que no cuentan con un pasaporte comunitario, de forma que se permitiría a las ‘startup’ entrar en el mercado «de forma relativamente sencilla».

También reduce el plazo de resolución de las reclamaciones que los clientes presenten ante sus entidades en relación con la prestación de servicios de pago, de 2 meses a 15 días. Las entidades financieras tendrán tres meses de adaptación a esta norma a partir de su entrada en vigor.

Por otra parte, también se reduce la cantidad de la que se responsabiliza el cliente en el caso de un robo de la tarjeta de crédito o de una transferencia realizada sin autorización desde 150 euros a 50 euros, como establece la Directiva.

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