Heredar y donar en Andalucía

02/01/2018

Easyoffer. El coste medio para tramitar un caso de herencias en Sevilla es de 1.050 euros, mientras que en Málaga llega hasta los 1.600 euros, destaca la plataforma de abogados online.

A partir del 1 de enero de 2018 Andalucía deja exentas del Impuesto de Sucesiones las herencias inferiores a 1.000.000 € pero continúa limitándolo por el parentesco. Easyoffer, la plataforma de abogados online, ha elaborado una breve guía para conocer en detalle el nuevo proceso para heredar y donar en Andalucía, que incluye algunas salvedades que afectan a la creación de empresas y a los jóvenes menores de 35 años.

Debido a la presión social y a la repercusión mediática durante 2017, Easyoffer ha multiplicado por siete las peticiones para tramitar casos de herencia en Sevilla durante el año que está a punto de terminar y por cinco el número de despachos de abogados asociados. En otras ciudades como Málaga, la plataforma de abogados ha triplicado las peticiones para tramitar herencias durante 2017 y duplicado el número de despachos especialistas en herencias asociados.

La plataforma online de abogados asegura también que el coste medio para tramitar un caso de herencias en Sevilla es de 1.050 euros, lejos de las cifras de otras provincias andaluzas, como es el caso de Málaga, donde el precio se eleva hasta los 1.600 euros por caso. Es decir, un caso de herencias le cuesta a un sevillano alrededor de un tercio más barato que a un malagueño. “La diferencia de precios se debe a los residentes internacionales, más habituales en la costa malagueña que en Sevilla, y a la magnitud de las herencias”, comenta Martin Andersen, CEO de Easyoffer. “Los casos de herederos internaciones residentes conllevan más trámites para gestionar la sucesión y pueden presentar complicaciones y encarecerse. A este factor hay que sumar que los casos malagueños de herencia llevan habitualmente ligadas mayores cuantías”, asegura el responsable de esta plataforma de abogados.

Modificación del impuesto, pero con limitación de parentesco

La modificación aumenta la cuantía de los bienes heredados por familiares directos exenta de tributar el impuesto. Hasta el momento el mínimo exento para las herencias recibidas por parientes directos era de 250.000 € por heredero, pero desde enero de 2018 y tras una gran presión social, pasará a ser de 1.000.000 € por heredero. Dicho impuesto afecta a todos los bienes y derechos que tuviese a su nombre el fallecido, como pueden ser viviendas, vehículos, dinero en cuentas, acciones y seguros de vida. A éstos habría que restar las cargas o deudas que fueran deducibles.

Rafael Moya, abogado colaborador de Easyoffer del bufete MFC en Sevilla, asegura que los efectos de esta modificación del impuesto siguen siendo insuficientes: “Esta norma beneficia al heredero de clase media, pero está muy limitada por el parentesco. Por un lado, hay un efecto positivo porque aumenta la cuantía de la base imponible para tributar por el impuesto, pero no es suficiente porque las modificaciones que se han hecho están muy limitadas sobre todo al parentesco, a las líneas 1 y 2 de descendencia. Hay muchos ciudadanos en Andalucía que heredan fuera de ese vínculo y que seguirán tributando el impuesto completo”.

¿Quién está exento y quién no?

La tributación de las herencias está ligada al grado de parentesco del heredero. Quedarán fuera de ese mínimo exento del impuesto de sucesiones los hermanos, primos, sobrinos o parientes más lejanos que reciban herencia, pues seguirán teniendo que abonar el impuesto al no estar dentro de los grupos de parientes directos incluidos en la bonificación máxima del tributo. Quedarían exentos por tanto hijos, cónyuges y padres del fallecido.

Además, la aplicación de la bonificación máxima que exime de abonar el impuesto también tendrá en cuenta el patrimonio preexistente del heredero en el momento de tramitar la herencia y recibir los bienes. Éste no podrá ser superior a 1.000.000 € para poder beneficiarse de la exención del impuesto.

¿Y qué ocurre si se hereda antes de 2018?

La reforma del impuesto no tiene carácter retroactivo, por lo que no afectaría a las herencias de los fallecidos antes del 1 de enero de 2018. Según Easyoffer, la problemática que supone que el impuesto no tenga retroactividad es enorme, pues hay personas pendientes de abonarlo que si se les aplicaran los requisitos recogidos en la modificación quedarían exentas del pago. Ante este agravio comparativo entre las personas que tramitan su herencia antes y después de la reforma poco se puede hacer, pues solo se tiene en cuenta la fecha de la muerte del causante. Aquellos que recientemente renunciaron a su herencia o bien tienen expedientes sancionadores por impago del impuesto de sucesiones, tampoco se beneficiarán en principio de esta modificación.

¿Es una buena opción donar en vida?

La modificación del impuesto también afecta a las donaciones inter vivos, aumentando al igual que en las herencias la cantidad exenta de gravamen. De hecho, la modificación en el gravamen de las herencias ha captado la atención de los medios, pero hay un menor conocimiento de las modificaciones concretas que éste tendrá en el caso de las donaciones, según los especialistas de Easyoffer.

La reforma incluye una modificación relevante para los jóvenes, pues se establece una exención del 99% del dinero de padres a hijos o descendientes menores de 35 años, o que tuvieran una discapacidad, siempre que el 100 % de la cuantía esté destinada a la compra de la primera vivienda.

Si el destino de la cantidad heredada es la creación o ampliación de empresas también se aumenta el mínimo para estar exentos a 1.000.000 €. Eso sí, la empresa debe mantenerse durante los cinco años siguientes a la fecha de la escritura pública de donación, a menos que el heredero falleciera en ese plazo.

Cómo declarar el impuesto

Además de modificar la normativa del impuesto, la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía tendrá disponible a partir del 1 de enero de 2018 una plataforma donde será mucho más sencilla la declaración del impuesto, ya sea con asesores o por cuenta propia. El interesado deberá completar los datos en la plataforma y ésta realizará los cálculos de la herencia, facilitando los trámites para declarar el impuesto.

Como explican los abogados especialistas en temas fiscales de Easyoffer, el marco común del impuesto que se aplica a las herencias está recogido en la ley estatal 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Esta ley recoge parte de la regulación de este impuesto, pero a su vez la ley 22/2009 del 18 de diciembre, que recoge el sistema de financiación de las comunidades autónomas, permite que éstas regulen aspectos concretos del impuesto, entre ellos las reducciones sobre la base imponible. La ley permite que cada Comunidad Autónoma regule la tributación de las herencias y las deducciones aplicables a sus habitantes siendo esta la medida prevista para 2018 en Andalucía.

¿Te ha parecido interesante?

(+1 puntos, 1 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.