CCOO reclama incluir ya las guardias como parte de la jornada laboral

22/02/2018

Luis M. del Amo. El TJUE europeo corrige al Supremo y ordena computar como tiempo de trabajo las horas de disponibilidad en el domicilio. La justicia europea dice que las guardias en casa deben considerarse como tiempo de trabajo

El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) ha reclamado a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social que aplique ya la sentencia europea conocida ayer donde se reconocen las horas de guardia, incluso en el domicilio del trabajador, como parte de la jornada laboral.

Según CCOO, el cambio de criterio afecta a un “buen número” de ocupaciones en el ámbito sanitario y de los servicios de emergencias, así como a los trabajadores de numerosos campos donde la tecnología permite brindar, y exigir, esta disponibilidad.

Así, otro colectivo afectado son los trabajadores con contrato a tiempo parcial o por horas, donde se ha ido implantando – a pesar de su prohibición – un sistema de trabajo a llamada, que consiste en pagar solo por el trabajo efectivo, y obligarse a estar disponible para aceptar las horas cuando se ofrecen; un caso frecuente en empresas multiservicios y en sectores “precarizados”, con gran presencia de mujeres, según denuncia el sindicato.

La declaración de los tiempos de guardia como tiempo de trabajo efectivo tiene detrás una larga lucha judicial. En primer lugar, el TJUE desechó en 2000 la idea de que los tiempos de guardia localizadas deben ser considerados tiempo de trabajo en una sentencia por la demanda de un sindicato de médicos contra la conselleria de sanidad y consumo de la Generalitat Valenciana.

Sin embargo, en 2015, el Tribunal Europeo cambio de criterio al entender que el tiempo de trabajo abarca, no solo los momentos en que se realizan los cometidos profesionales en el puesto de trabajo, sino también el tiempo en que el trabajador carece de plena disponibilidad personal, y tiene restringidas sus relaciones personales y sociales, a consecuencia de la conveniencia empresarial, tal y como detalla la sentencia en el caso de la federación de servicios de CCOO frente a Tyco.

La nueva sentencia, fechada el 21 de febrero de 2018, vuelve a pronunciarse sobre este asunto, esta vez a consecuencia de la reclamación de un bombero belga. Una sentencia que es “vinculante” para el conjunto de legislaciones y órganos judiciales de toda la UE, y que afecta a lo dispuesto por la directiva europea sobre tiempo de trabajo (2002/88/CE).

“Estamos ante un pronunciamiento que obliga a revisar los criterios que hasta ahora se venían aplicando en nuestro país sobre el cómputo de la jornada de trabajo”, explican desde CCOO.

A partir de ahora, sostiene el sindicato, deberá considerarse tiempo de trabajo el período en que las persona se encuentra a disposición del empresario, y tiene limitadas de forma “muy intensa” la capacidad de movilidad, y carece de capacidad efectiva para dedicarse libremente a sus opciones personales o familiares “al tener que atender de forma inmediata el encargo de la empresa”.

“Esta situación se puede dar incluso en el domicilio del propio trabajador sin desarrollar una actividad productiva”, destacan.

A juicio del sindicato, la sentencia obligará en España a revisar el concepto de tiempo de trabajo recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Y deberá ser tomada en consideración por el Tribunal Supremo y el conjunto de órganos judiciales a la hora de resolver los conflictos qu se planteen con arreglo a esta doctrina, añaden.

Asimismo, CCOO pide a la Inspección de Trabajo que tenga en cuenta la sentencia a partir de ahora a la hora de exigir el cumplimiento de los límites de jornada.

Para CCOO no es necesario que se modifique la legislación en España, afirman el sindicato, aunque juzga conveniente un tratamiento legislativo que clarifique la cuestión y dé seguridad jurídica.

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