No estamos obligados a reciclar, pero sí podemos ser multados

18/05/2018

A. Delgado. Repasamos la normativa sobre reciclaje en varias ciudades españolas con Easyoffer.

Incumplir las normas de reciclaje puede acarrear sanciones económicas de hasta 3.000 euros. Las Administraciones, explican desde Easyoffer, están obligadas a facilitar a los ciudadanos los medios necesarios para reciclar. No existe obligación para los usuarios de hacerlo, pero desconocer la normativa puede suponer multas importantes. En cada municipio rigen unas ordenanzas municipales que son las que regulan la gestión de residuos y las sanciones para los que no reciclen correctamente.

En 2016, España recicló el 76% de los envases de plástico, latas, bricks, papel y cartón. Sin embargo, estas cifras todavía están lejos de la media europea. Según el abogado colaborador de Easyoffer y especialista en Medio Ambiente, Paco Fernández Castán, “Hay que asumir ya el principio de la economía circular, donde se abarca todo el ciclo de vida de los productos, desde su diseño hasta su utilización y recuperación, siendo la implantación del sistema de depósito y retorno lo que más puede contribuir a disminuir los residuos”.

Si repasamos algunas normativas municipales vigentes en ciudades españolas, encontramos que en Madrid, la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos tipifica como infracción leve el incumplimiento de la obligación de separar selectivamente los residuos, lo que pude suponer una multa de hasta 750 euros. En esta comunidad autónoma, la responsabilidad en el cumplimiento de las normas de reciclaje es colectiva y se extiende a la comunidad de propietarios. Puede denunciarse a ésta o a su presidente. Gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, los inspectores municipales de Medio Ambiente pueden acceder sin previo aviso a las instalaciones e inspeccionar el contenido de los contenedores o de las bolsas de basura. Las multas en caso de que la comunidad no cumpla con la normativa pueden llegar a los 3.000 euros.

Durante el año 2017, se han tramitado en la comunidad de Madrid 4.683 expedientes sancionadores sobre limpieza urbana y 162 expedientes sobre zonas verdes.

En Barcelona es la Ordenanza General de Medio Ambiente Urbano la que regula esta materia, pero aquí la multa por infracción leve puede llegar hasta 3.000 euros si se recicla en contenedores diferentes a los que corresponda o si no se usan los puntos verdes o gestores autorizados para el reciclaje de residuos especiales.

En Sevilla, la Ordenanza Municipal de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Municipales recoge una normativa similar a la de Madrid, con sanciones de hasta 750 euros por infracciones leves. La norma incluye una detallada lista de infracciones por incumplimiento de los usuarios de las obligaciones de depósito de residuos.

Para Fernández Castán, “nuestro marco legal en materia de residuos a nivel estatal y comunitario está definido con cierta claridad, pero son las ciudades con su normativa ambiental las que pueden impulsar con fuerza el reciclaje a través de estrategias de residuo CERO, reincorporando todas las materias al ciclo productivo o a los sistemas naturales”.

¿Te ha parecido interesante?

(+3 puntos, 3 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.