Contratos laborales en España: tipos y factores fundamentales

13/06/2018

Adrián Embid (WannaCash). El comparador financiero analiza cuáles son las diferentes categorías que hay en España, así como qué es lo que debe incluirse en el documento.

Desde que empezó la crisis y se produjo el boom de los parados en España, los trabajadores se han empezado a preocupar más si cabe por sus empleos. Dado que la crisis trajo tantas sorpresas a muchos de ellos por las situaciones laborales en las que se encontraban, ahora prefieren ir sobre seguro y mantenerse informado de todo lo que repercute a su puesto de trabajo, incluido su contrato.

Precisamente por ello, hoy vamos a comentar cuáles son los diferentes tipos de contratos laborales que hay en España, así como qué es lo que debe incluirse en el contrato. Vayamos parte por parte.

Tipos de contrato de trabajo

Por norma general, existen cuatro tipos de contratos de trabajo en España. Decimos “por norma general” porque cada uno de ellos tiene sus propias cláusulas y alberga otras muchas condiciones.

Esos cuatros tipos son: indefinido, en prácticas, temporal o eventual y para la formación y el aprendizaje.

El contrato indefinido no tiene límite de plazo de duración. Es decir, aquí no hay una fecha establecida de finalización. Se puede manifestar verbalmente o por escrito, aunque siempre es preferible hacerlo por escrito.

El contrato temporal tiene un tiempo determinado que pactarán el empresario y el trabajador previa firma. Igual que en el caso anterior, puede celebrarse a jornada completa o parcial. Pero siempre debe hacerse por escrito. Entre las cláusulas que presenta están: por obras y servicios, de interinidad o de relevo.

El contrato para la formación y el aprendizaje tiene la finalidad de beneficiar y favorecer la inserción laboral.

El contrato en prácticas se realiza para que el trabajador adquiera la práctica necesaria según la titulación cursada. Hay contrato ordinario y contrato para personas con discapacidad.

Qué información debe figurar en el contrato

1.-Los datos del trabajador y del empresario.

2.-La duración de las vacaciones.

3.-El convenio colectivo al que se adscribe.

4.-El lugar de trabajo.

5.-La categoría o grupo profesional que corresponde.

6.-La remuneración que se va a percibir.

7.-Las fechas y los tiempos.

y 8.-El periodo de prueba.

En definitiva, como se puede ver, son varios los tipos de contratos de trabajo que pueden ofrecer las empresas. El escogido dependerá de las necesidades y posibilidades de cada una. El comparador financiero WannaCash.es recomienda que, si estás buscando empleo y finalmente consigues uno, asegúrate de que tu contrato entra dentro de alguno de estos, así como que incluye la información mencionada anteriormente.

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