El Tribunal de la UE avala que no se paguen indemnizaciones por la banca de Chipre

13/07/2018

Miguel Ángel Valero. Desestima las demandas presentadas por particulares y empresas que sufrieron pérdidas tras la reestructuración del sistema financiero del país porque no se ha demostrado la ilegalidad del comportamiento de la Unión Europea.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea desestima las demandas de indemnización que habían presentado clientes particulares y empresas que sufrieron pérdidas tras la reestructuración del sistema bancario chipriota. El argumento es que no concurre en ninguno de los casos el requisito de ilegalidad en el comportamiento imputado a la Unión Europea.

Los recursos presentados por varios particulares y sociedades que eran titulares de depósitos, accionistas y obligacionistas en el Cyprus Popular Bank y en el Bank of Cyprus argumentaban que la aplicación de las medidas acordadas con las autoridades chipriotas provocó una reducción «sustancial» del valor de sus depósitos, acciones y obligaciones. Y reclamaban una indemnización por las pérdidas que habían sufrido como consecuencias de estas medidas.

La sentencia determina que para confirmar la responsabilidad extracontractual de la UE han de concurrir tres requisitos: la ilegalidad del comportamiento imputado a la institución de la Unión, la realidad del perjuicio, y una relación de causalidad entre el comportamiento de la UE y el perjuicio invocado.

Con respecto al primer requisito, es necesario acreditar la existencia de una violación de una norma jurídica. Según los demandantes, en este caso las normas jurídicas violadas son el derecho de propiedad, el principio de protección de confianza legítima y el principio de igualdad de trato. Pero el Tribunal concluye que los demandantes no han conseguido demostrar la existencia de una violación de ninguno de estos derechos y principios.

«Como no concurre el primer requisito para que se genere la responsabilidad extracontractual de la Unión, la ilegalidad del comportamiento imputado a una institución de la UE, el Tribunal desestima las demandas de indemnización», explica.

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