Los precios de transferencia, en la lucha de poder entre las empresas y los Estados

30/07/2018

Luis Garvía Vega, profesor de ICADE. La solución está en una mayor transparencia fiscal internacional.

Imagen: Gerd Altmann (Geralt, en pixabay.com).

Con la tecnología y la globalización desaparecen las fronteras. Diferentes países tienen diferentes políticas fiscales, llegando a existir territorios que ofrecen a sus residentes reducciones muy significativas o incluso exenciones totales en el pago de los principales impuestos, los conocidos paraísos fiscales. Esta heterogeneidad provoca que las empresas que operan en diferentes países tengan tentaciones de manipular su estructura contable internacional para declarar mayores bases tributarias en aquellas regiones con mejores condiciones fiscales. Para evitar que estas empresas caigan en esta tentación se crea el concepto de precios de transferencia.

La teoría es sencilla. Cuando una multinacional, dentro de su misma organización, tiene que vender algo de un país a otro (por ejemplo, de Carrefour España a Carrefour en EEUU) no puede fijar libremente el precio al que realiza la transacción; debe usar un precio de mercado para esa venta, el cual es conocido como precio de transferencia. Para justificar ese precio tiene que realizar un estudio de mercado, y tenerlo a disposición de la administración tributaria local por si es solicitado.

En puridad, estamos ante un concepto más fiscal que contable. La contabilidad de la empresa transnacional no se ve afectada realmente por la imposición de precios de transferencia, pues su resultado contable global es neutro a este concepto. Lo que pierde por un sitio lo gana por otro, siendo análogo el resultado al de un juego de suma cero. La diferencia es exclusivamente fiscal, ya que lo que gana por un sitio tiene una carga impositiva diferente a la que tendría si lo ganase en otra región.

Los precios, según la OCDE
Ahora llegan las dificultades. ¿Qué método utilizamos para determinar los precios de transferencia? La OCDE (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico) propone cinco métodos diferentes, que van desde la comparación con los precios de operaciones reales realizadas en el mercado hasta el análisis del coste de la operación o del reparto de los beneficios entre los países en los que se realiza la operación. ¿Qué jurisdicción o normativa aplica? La de los países en los que se realizan las operaciones siendo perfectamente posible que lleguen a tener directrices contradictorias. ¿Cuándo se consideran dos empresas asociadas o pertenecientes a la misma multinacional? ¿Puede una multinacional continuar obteniendo ventaja fiscal aun a pesar de cumplir con la regulación asociada con los precios de transferencia? ¿Puede la administración tributaria de una región abusar de la regulación a fin de presionar a una multinacional para que tribute más de lo debido en su ámbito de actuación?

La respuesta a todas estas preguntas no es unívoca, dependiendo en gran medida de las circunstancias del caso concreto que se esté analizando. Han existido multitud de conflictos resueltos por diversos tribunales, que han ido desarrollando una regulación cada vez más completa y compleja.

Las grandes firmas jurídicas internacionales han creado departamentos dedicados a los precios de transferencia. Cada año se realizan congresos profesionales sobre el tema. Una suerte de ingeniería jurídico-financiera está creciendo en torno a la práctica diaria del comercio internacional. La globalización tanto económica como tecnológica provoca la aparición de nuevos problemas, asociados en este caso con la lucha de poder entre las multinacionales y los diferentes países. La solución una vez más pasa por la cooperación y la búsqueda de la transparencia, en este caso transparencia fiscal internacional.

 

Luis Garvía Vega, profesor en la Universidad Pontificia de Comillas ICAI-ICADE.

Luis Garvía Vega (en Twitter, @lgarvia) es, desde 2009, profesor en las áreas de contabilidad y finanzas, matemática financiera, ética y estrategia, entre otras disciplinas, en la Universidad Pontificia de Comillas ICAI-ICADE. Estudió Ingeniería Industrial Superior en ICAI, Administración y Dirección de Empresas y de Derecho en la UNED y un Executive MBA en IESE Business School. Doctor en finanzas por ICADE, investigó la relación entre el riesgo sistémico y los proyectos financiados por Project Finance.

 

 

 

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