
El Tribunal Supremo ha rechazado investigar al presidente del PP, Pablo Casado, por la obtención del título del máster que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid en el curso académico 2008-2009, después de que la Fiscalía no apreciase los delitos de prevaricación y cohecho impropio.
En concreto, el fiscal jefe del Supremo, Luis Navajas, afirmó en su informe sobre el caso que los indicios de prevaricación «no son lo suficientemente consistentes ni aportan un nivel suficiente de solidez» mientras que el presunto delito de cohecho impropio habría prescrito.
Para el alto tribunal, «aunque pueda considerarse» que existen «indicios de que se ha dispensado un trato de favor al aforado y ello pudiera merecer otro tipo de consideraciones ajenas al derecho penal», no hay «indicios consistentes de que existiera un acuerdo previo o simultáneo» de Casado con los responsables del máster «para que tal trato le fuera dispensado», condición necesaria para entender que ha prevaricado. Tampoco considera acreditado que Casado «haya realizado ningún acto de aportación relevante al mismo que pueda valorarse como cooperación necesaria u otra participación de menor intensidad, a un presunto de delito de prevaricación» y por eso, entiende que no está justificado abrir una causa penal para investigarlo.
En esta línea, no encuentra «indicativos de la comisión de una conducta delictiva» en Casado, ni «indicio de un acuerdo previo» con los organizadores del máster en ninguno de los hechos que le trasladó la instructora del caso máster, Carmen Rodríguez-Medel, desde el Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid.
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