El Supremo decide que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados lo paga el cliente

06/11/2018

Miguel Ángel Valero. Tras la ajustadisima votación (15 frente a 13, con 3 magistrados ausentes), la cuestión de los gastos de los préstamos hipotecarios pasa ahora al Congreso de los Diputados, donde se encuentra en fase de tramitación la Ley de Crédito Inmobiliario. // Comunicado de la banca

En escasas ocasiones unas pocas líneas pueden decir tanto. El Tribunal Supremo, en una nota, afirma que : «»El Pleno de la Sala III, tras dos días de deliberaciones, ha acordado por 15 votos a 13 desestimar los recursos planteados y volver al criterio según el cual el sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario. El texto de las sentencias se conocerá en los próximos días».

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido por 15 votos a 13 rechazar los recursos presentados por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra resoluciones anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que fallaron a favor de los bancos en el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) correspondientes a las hipotecas.

Esta decisión, que se produce tras una ajustadísima votación después de dos días de deliberaciones, contradice tres sentencias del propio Tribunal. Y significa volver a la jurisprudencia que ha estado vigente durante 23 años, y que fija que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas tiene que pagarlo el cliente, y no el banco, como defendían los jueces en esos pronunciamientos.

Los magistrados que defienden que pague el Impuesto la banca argumentan que el único interesado en que se inscriba un préstamo con escritura pública es la entidad financiera, porque solo con esa inscripción podrá después ejecutar la hipoteca en caso de impago. La escritura pública es un privilegio que se otorga a quien presta el dinero en una hipoteca y por eso es el banco quien debe pagar los costes.

Pero esa postura no ha encontrado el apoyo mayoritario de la Sala del Supremo, que se muestra muy dividido sobre el reparto de los gastos en la hipoteca.

El fallo del Supremo no se dará a conocer hasta pasados unos días. Será entonces cuando se conozcan los detalles de las deliberaciones que han conducido a esta decisión.

La situación muestra una preocupante fractura interna en el Tribunal Supremo. Después de que el 18 de octubre unas sentencias de la la Sala de lo Contencioso-administrativo determinó que serían los bancos y no los clientes quienes debían pagar el Impuesto al ser ellos los beneficiarios de la hipoteca, al día siguiente, el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, optó por frenar los recursos pendientes sobre esta cuestión para volver a estudiar el caso.

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, que dejó muy claro que las sentencias dictadas el 18 de octubre eran firmes, apoyó la decisión de Díez-Picazo. Luego pidió disculpas por la situación creada al aplazar hasta el 5 de noviembre la decisión definitiva.

La división generada dentro del Supremo se reflejaba en las 15 horas de reuniones, a lo largo de dos días, que se han necesitado para volver a la situación anterior a las sentencias del 18 de octubre. Y lo ajustadísimo de la votación (15 contra 13, con tres magistrados ausentes, uno por decisión propia al ser parte de la causa) debilita notablemente la posición del Tribunal Supremo.

Ahora queda por ver cómo el Gobierno introduce ese planteamiento en la nueva Ley de Crédito Inmobiliario, actualmente en tramitación parlamentaria. El Congreso de los Diputados, a la espera de la decisión del Supremo, acordó repartir los gastos entre el banco y el cliente.

Reacciones

«La decisión del Tribunal Supremo que sea el cliente quien pague los impuestos de las hipoteca, corrigiéndose a si mismo, creo que es un grave error de consecuencias sociales imprevisibles«, afirma Xabier García Albiol, presidente del PP en Cataluña.

Fernando Encinar, jefe de estudios de Idealista, asegura que “es importante recuperar la seguridad jurídica no solamente para las entidades financieras sino también para los propios clientes». «El hecho de que sea el cliente quien tiene que pagar el IAJD aporta luz al proceso hipotecario. El cliente sabe lo que paga en todo momento y este importe no se camufla en comisiones o subida de diferenciales dependiendo de la comunidad en la que se realice la operación», argumenta.

«Sería deseable que esta experiencia acelerara la aprobación de la nueva ley hipotecaria, y que esta hiciera sin ambigüedades e indefiniciones, para crear un ámbito jurídico seguro que evitara estas situaciones”, añade.

Ramiro Salamanca, director Legal de reclamador.es, señala que «Una ley que genera  tantas dudas en los máximos intérpretes de la ley no es una buena ley». “El peor escenario posible para los hipotecados se ha confirmado. Se trata de una decisión tremendamente perjudicial para los clientes hipotecarios. El Alto Tribunal da la espalda a los prestatarios, obligándoles a asumir el pago de un tributo que supone, según la comunidad autónoma, entre el 0,5% y el 1,5% sobre el importe de la responsabilidad hipotecaria», señala.

«Pese a esto, los consumidores pueden seguir reclamando en los Juzgados civiles la abusividad de la cláusula de gastos de hipoteca, incluyendo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, apoyando su reclamación en las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que han declarado que los efectos de la abusividad no se pueden moderar ni integrar.  El banco que impone al consumidor una cláusula abusiva que se declara nula no se puede beneficiar de ello, la nulidad tiene un efecto disuasorio e implica reponer al consumidor en la situación en que se encontraría si la cláusula no existe, restituyendo la totalidad de lo pagado en cumplimineto de la misma”, añade.

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, afirma que la justicia «se ha vuelto a poner de nuevo del lado de los más poderosos», y que este nuevo cambio de criterio del Tribunal Supremo genera «inquietud, incertidumbre y desconfianza de la ciudadanía en la justicia«. Es una sentencia «difícil de entender».

Mientras tanto, los ADR (certificados de depósitos de una acción) del Santander en Wall Street subieron un 2,5%, frente al 1% que subió la cotización del banco en la Bolsa española. Y los de BBVA lo hicieron en un 2,74% (1,4% en el Ibex). Los futuros del índice cerraron con un alza del 0,88%, al filo de los 9.100 puntos, al conocerse la decisión del Supremo.

Las asociaciones de entidades de crédito AEB, Ceca y Unacc creen que la decisión del Supremo «preserva la seguridad jurídica» de las hipotecas.

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