El Congreso hace de Salomón: el banco paga los gastos de la hipoteca, y el cliente, la tasación

13/11/2018

Miguel Ángel Valero. La entidad financiera que concede el préstamo hipotecario tendrá que asumir los gastos correspondientes a la escritura de la hipoteca, la gestoría y el arancel notarial.

Solución salomónica en el Congreso de los Diputados, en la tramitación de la reforma de la Ley Hipotecaria a través del proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario. Todos los grupos parlamentarios están de acuerdo en que el banco pague todos los gastos vinculados a una hipoteca, salvo la tasación, que correrá a cargo del cliente.

La tasación supone, en una hipoteca de 150.000 euros, un coste orientativo de unos 400 euros. Para el PSOE, «si la tasación la solicita un consumidor y es libre para elegir al tasador que considera más oportuno, lo tendrá mucho más fácil para ir con su tasación a las entidades pertinentes a solicitar una oferta para un préstamo».

Esto significa que la entidad financiera que concede el préstamo hipotecario tendrá que  asumir los gastos correspondientes a la escritura de la hipoteca, la gestoría y el arancel notarial.

También asumirá los costes de la primera copia del contrato, aunque en caso de que el cliente solicite una copia, éste deberá abonar los gastos.

El banco asumirá también el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), por lo que el Congreso de los Diputados avala el decreto ley aprobado por el Gobierno en el Consejo de Ministros del 8 de noviembre y que entró en vigor el lunes 12 de noviembre. Y se pronuncia en contra de la decisión adoptada por el Tribunal Supremo al corregir sentencias anteriores de sus propios magistrados.

Esta distribución de los gastos de la hipoteca se incluye en el artículo dedicado a las normas de transparencia en la comercialización de las hipotecas, en el que se amplía tres días (de 7 a 10) el plazo mínimo que se le da al cliente para poder estudiar la documentación facilitada por la entidad financiera, antes de proceder a la firma del contrato.

Las entidades financieras deberán ofrecer en los formularios de condiciones sobre sus hipotecas, tanto en las sucursales como en las páginas web, la garantía de que el procedimiento notarial no supone coste alguno, ni directo ni indirecto, para el cliente, y que éste podrá elegir a qué profesional recurrir para este trámite.

El cliente seguirá pagando todos los gastos relacionados con la compra de la vivienda y que no tienen nada que ver con la hipoteca: notaría, registro y gestoría.

Cuestiones pendientes

Queda sin decidir qué sucede con la comisión de apertura. Según el PSOE, que ya había propuesto su eliminación, se trata de una comisión que «está aprobada por el Banco de España», por lo que se remite a la futura Autoridad de Protección al Consumidor .

Tampoco se ha adoptado una posición definitiva sobre las ventas vinculadas, el vencimiento anticipado de la hipoteca, ni sobre la propuesta de Unidos Podemos de un código sancionador que endurezca los castigos y así disuadir posibles malas prácticas.

El proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario se tramita por la vía de urgencia en el Congreso de los Diputados, y llegará al Senado, previsiblemente, a finales de noviembre.

Cataluña suprime los tipos reducidos

La consellera de Presidencia y portavoz del Govern de Cataluña, Elsa Artadi, anuncia que suprimirán los tipos reducidos del IAJD para determinados préstamos hipotecarios, como los que se formalizan para la compra de vivienda protegida, porque como a partir de ahora esos impuestos los pagarán los bancos, «no tiene sentido» que sean reducidos. Todas las hipotecas pagarán el 1,5% de IAJD.

El Govern suprime los apartados a) y d) del artículo 7 de la ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas que fijaban tipos impositivos reducidos del impuesto hipotecario en determinados supuestos. Ese tipo reducido se aplicaba en la formalización de préstamos hipotecarios para comprar viviendas protegidas (0,1%), para contribuyentes de 32 años o menos con unos ingresos limitados (0,5%) o con una discapacidad acreditada igual o superior al 33% (0,5%).

Para el resto de casos, el impuesto era del 1,5%, y supuso para la Generalitat 203,3 millones de euros en 2017, una cifra que, eliminando los tipos reducidos, el Govern prevé incrementar en 16,5 millones al año.

Artadi afirma  que la Generalitat denunciará ante la Fiscalía General del Estado el cambio de criterio sobre el impuesto de las hipotecas, ya que cree que tanto el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, como el presidente de la Sala Tercera Contenciosa Administrativa, Luis María Díez-Picazo, «podrían haber incurrido en un delito».

Ese presunto delito puede derivarse de la revocación de una sentencia firme del propio Supremo, que determinaba que el IAJD lo debían pagar los bancos y no los clientes. «Ni la convocatoria del pleno ni las razones que lo han justificado, ni las circunstancias en torno a las que se ha producido el cambio de criterio parece que respondan a lo que se entiende por administración de justicia», argumenta Artadi.

 

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