El ministerio de Hacienda abre la tarde de este miércoles el plazo para solicitar la devolución de las retenciones por IRPF indebidamente cobradas en las prestaciones de maternidad y paternidad durante los años 2016 y 2017. Se trata de la segunda fase de un proceso que costará 1.200 millones al Estado, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo.
Con la apertura del plazo para el reintegro de lo detraído por el Estado en las prestaciones por maternidad y paternidad durante 2016 y 2017 se completa un proceso comenzó en diciembre, con las prestaciones de 2014 y 2015 y que beneficiará a un millón de personas, según los cálculos de la Agencia Tributaria.
La devolución responde a una sentencia del Tribunal Supremo, cuya sala de los contencioso-administrativo dictaminó en octubre que las prestaciones de maternidad están exentas de retención. Aunque no las cita expresamente, el ministerio de Hacienda ha hecho extensiva esta sentencia a las prestaciones por paternidad, y a otros grupos, como los funcionarios y algunos autónomos.
El Tribunal concluyó que las prestaciones por maternidad que perciben las mujeres trabajadores durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo están exentas de IRPF.
Tramitación
La solicitud puede completarse a través de Internet, y tan solo es necesario aportar dos datos, como son el año, o años, en que se percibió la ayuda y un número de cuenta bancaria, donde se abonará la devolución. El formulario por vía telemática debe presentarse mediante los sistemas habituales de relación con esta Administración: sistema Reno, sistema clave pin o certificado electrónico. También se puede realizar en papel en cualquier registro de Hacienda.
La devolución media en el caso de las prestaciones por maternidad asciende a 1.600 euros, mientras que las de paternidad ronda los 383 euros.
Esta fase completa un proceso que se inició en diciembre, cuando se abrió el plazo para pedir la devolución de las retenciones por prestaciones cobradas en 2014 y 2015. Hasta el momento, Hacienda ha recibido más de 672.000 solicitudes. El ministerio calcula que devolverá en conjunto unos 1.200 millones de euros a más de un millón de padres y madres.
Por su parte, los padres o madres que hayan sufrido retenciones durante 2018 por este motivo no deben realizar ningún trámite. La Agencia Tributaria incorporará lo cobrado como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles, informan.
Los funcionarios también
El Gobierno también devolverá las retenciones por IRPF en prestaciones por maternidad y paternidad a funcionarios y algunos autónomos. Para ello, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de diciembre un real decreto-ley con medidas en materia tributaria y catastral que incluye entre los beneficiarios de la devolución a estos colectivos en principio no afectados por la sentencia.
Así, los empleados públicos no integrados en la Seguridad Social que perciben sus retribuciones durante los permisos de parto, adopción o guarda y paternidad, también se beneficiarán de la exención de IRPF durante esos meses de baja.
Por su parte, los profesionales no integrados en el RETA (régimen especial de la Seguridad Social) y los autónomos que perciben dichas prestaciones de mutualidades de previsión social también podrán solicitar la devolución.
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