La normativa sobre drones busca sobre todo la seguridad en el cielo

20/01/2019

diarioabierto.es. Efrén Díaz, socio senior del Bufete Mas y Calvet y experto en tecnología y protección de datos, recuerda que esta regulación se aplica a todas las operaciones de vuelo con estos aparatos, con independencia del sector y tipo de empresa.

El aeropuerto de Gatwick y el de Heathrow han tenido que paralizar su actividad debido a la aparición de varios drones que pusieron en jaque la seguridad de los vuelos, ¿podría darse una situación similar en los aeropuertos españoles?

La situación de alarma surgió por el supuesto avistamiento de drones sobrevolando esos aeropuertos del Reino Unido. Aunque las causas no están confirmadas, se adoptaron medidas como el cierre de los aeropuertos, con los consiguientes daños causados a más de 100.000 pasajeros.

Esa misma situación podría darse en los aeropuertos españoles, pues la mayor distribución de drones de toda clase, desde recreativos a profesionales, posibilita su fácil adquisición.

¿Cuáles son las claves de la normativa española sobre vuelo de drones?

La seguridad y profesionalidad del vuelo son claves de la normativa española actual sobre drones. Entre las prioridades de la regulación se encuentra asegurar el correcto mantenimiento de los dispositivos y el cumplimiento de los requisitos para la aeronavegabilidad, incluidos los legales, como disponer de un seguro u otra garantía financiera que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por los daños o adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en materia de protección de datos personales y protección de la intimidad.

Asimismo, resulta relevante la regulación de las condiciones generales y particulares de utilización del espacio aéreo para la realización de operaciones aéreas especializadas por aeronaves pilotadas por control remoto, incluidas las obligaciones específicas para la realización de operaciones aéreas especializadas como disponer de un manual de operaciones con la información y los procedimientos de y para el vuelo.

 ¿Qué medidas de seguridad debe cumplir una persona que maneja drones a nivel profesional?

Las medidas de seguridad básicas incluyen el cuidadoso mantenimiento del dispositivo, un sistema de registro que recopile los datos de vuelo, incluidas las deficiencias ocurridas para su subsanación, los eventos significativos en materia de seguridad y el número de inspecciones o acciones de mantenimiento o sustitución de piezas llevadas a cabo.

Además, el operador debe seguir las indicaciones del fabricante contenidas en el manual de funcionamiento y procesos de mantenimiento e inspección. Las aeronaves de hasta 150 kg de peso al despegue pueden ser mantenidas directamente por el operador. No obstante, para umbrales superiores a 150 kg (desde 150 a 450 kg, ó 450 a 1.200 kg y los superiores a esta última cifra), se deben cumplir los requisitos específicos contemplados en la normativa aplicable a aeronaves tripuladas ultraligeras motorizadas.

¿Qué permisos se deben solicitar para que una empresa pueda, por ejemplo, grabar imágenes con drones en un determinado espacio (por ejemplo, medios de comunicación, control de cosechas, etc.)?

La regulación de aeronaves no tripuladas centra sus autorizaciones administrativas en la aeronavegabilidad segura.

Pero dado que el legislador es consciente de los peligros y riesgos que implica el vuelo de drones, expresamente se contempla la necesidad de obtener las autorizaciones, permisos o licencias que sean exigibles conforme a la normativa que en cada caso resulte de aplicación, lo cual se concretará en cada caso según la clase de operaciones. Las operaciones principales hasta la actualidad son la fotografía, filmación y levantamientos, la observación y vigilancia y la emergencia y salvamento.

Más en particular, se deberán cumplir los requisitos exigidos en la normativa de seguridad pública, en función de las competencias afectadas de administraciones y de la propiedad de los terrenos que vayan a emplearse con motivo de la operación.

¿Qué sectores o tipo de empresas deben cumplir con esa normativa? 

La normativa de drones se aplica a las operaciones de vuelo con independencia del sector y tipo de empresa. Se establece el régimen jurídico aplicable a las aeronaves civiles pilotadas por control remoto (RPA), así como a las operaciones y actividades realizadas por ellas.

Asimismo, requieren habilitación previa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea las actividades distintas a las operaciones aéreas especializadas y vuelos experimentales regulados, las actividades deportivas, recreativas, también de competición o exhibición, así como las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete.

Y los drones de juguete o de uso más lúdico, ¿están sometidos a la misma normativa? ¿En qué casos?

En efecto, los drones de juguete y de uso lúdico están sometidos a la misma normativa, pero con particularidades.

De hecho, se han prohibido en dos escenarios las operaciones de las aeronaves pilotadas por control remoto destinadas exclusivamente a actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición, así como las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete.

En consecuencia, no podrán realizarse dichas operaciones de vuelo, de una parte, sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, salvo que se trate de aeronaves de hasta 250 g que operen a una altura máxima no superior a 20 m.; y de otra, en las zonas reservadas, prohibidas o restringidas a la navegación aérea, así como sobre las instalaciones afectas a la defensa nacional o a la seguridad del Estado, las actividades dentro de su zona de seguridad y de centrales nucleares, con su régimen particular.

 

 

 

 

¿Te ha parecido interesante?

(+2 puntos, 2 votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.