Carlos Izquierdo: “La mediación paliará la carga de trabajo de juzgados y tribunales”

21/01/2019

diarioabierto.es. El presidente del Servicio de Mediación de Auditores, en el Día de la Mediación.

Imagen: David Heslop (unplash.com).

Cualquier persona, empresa, institución u organismo puede solicitar una mediación para el ámbito civil y mercantil de forma ágil y sencilla. Lo puede hacer a través de la web del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) o por correo electrónico. En España, la mayor parte de las empresas son de carácter familiar, donde confluyen los problemas propios de toda relación de negocios con los propios de cualquier relación familiar. La resolución de los litigios, bien sea un juez o un árbitro, son soluciones impuestas que dejan en el perdedor un poso de resentimiento. En la mediación la solución la alcanzan las partes en conflicto, no hay vencedores ni vencidos, lo que ayuda a mantener la estabilidad de este tipo de empresas.

Para avanzar en este sentido, el Servicio de Mediación de Auditores (SMAS), vinculado al ICJCE, participó el 21 de enero, Día Europeo de la Mediación, en el quinto congreso organizado por Instituciones para la Difusión de la Mediación (IDM) y celebrado con el título Nuevas vías para el desarrollo de la Mediación Empresarial.  Carlos Izquierdo, presidente del SMAS, que cuenta con más de 100 mediadores inscritos en España, intervino en la mesa redonda sobre mediación concursal. “Es una buena noticia para todos los operadores jurídicos que apuestan por la mediación como una alternativa a la vía jurisdiccional que ayudará a paliar la carga de trabajo de nuestros juzgados y tribunales. Además, la extensión de los beneficios de justicia gratuita al procedimiento de mediación civil y mercantil, en los supuestos de obligación mitigada, y la inclusión de los honorarios de los abogados devengados en la mediación para, en su caso, la determinación de las costas procesales, son medidas que, sin duda, favorecerán que las partes acuden a la mediación, aunque podría adoptarse alguna medida sancionadora a la parte que no acude a la sesión o sesiones informativa y exploratoria convocada”.

Personalidades participantes en el quinto congreso organizado por Instituciones para la Difusión de la Mediación (IDM).

Durante el congreso, José Amérigo, secretario general técnico del Ministerio de Justicia, se pronunció sobre el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación, que en los conflictos civiles y mercantiles más comunes obligará a asistir a la sesión informativa de mediación antes de iniciar un proceso judicial. Merced a esta nueva regulación, que permitirá aliviar considerablemente la carga de trabajo de los juzgados y dotarlos de mayor rapidez, el demandante podrá proponer al mediador. Pero si éste es rechazado por la parte contraria, el anteproyecto contempla un mecanismo imparcial de designación. En cuanto a los plazos, se fija un límite máximo de tres meses para todo el proceso de mediación durante los cuales quedan en suspenso los tiempos de prescripción y caducidad de las acciones.

Se establece también una mediación intrajudicial que tendrá lugar cuando el juez o tribunal, una vez analizado el caso, considere que una forma alternativa al juicio puede resultar más satisfactoria para las partes, siempre que no se hubiera producido un intento de mediación con carácter previo al inicio del proceso. Por otra parte, el anteproyecto de ley introduce nuevas reglas en la condena en referencia a las costas de proceso, de forma que éstas no beneficiarán a la parte que no haya acudido a un intento de mediación, cuando fuera legalmente preceptivo o así lo hubiera acordado el tribunal durante el proceso.

Cabe reseñar que el ICJCE se encarga, a través del SMAS, de la designación del mediador o mediadores. Los miembros del SMAS tienen que reunir los siguientes requisitos: ser ejercientes o ejercientes por cuenta ajena en el ICJCE, estar inscritos en la sección primera del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación (RMIM), del Ministerio de Justicia, habiendo acreditado la titulación, formación y póliza de seguro vigente que cubra la mediación, y cumplan los requisitos de la Corporación para el ejercicio profesional.


Más información

⇒ En la web del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) o enviando un correo electrónico ([email protected]).
⇒Seguir en Twitter a @ICJCEAuditores

 

 

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