En las campañas electorales, pero también en las cortas treguas entre unas y otras, es muy común la traslación abusiva del ideario de los partidos políticos al terreno de los derechos. Es cierto que este fenómeno se da mucho más en la izquierda que en la derecha y tiene su explicación. La izquierda tiene una irrefrenable tendencia totalizante. Su ideario es directamente impositivo y aspira al poder para que sus postulados ideológicos tomen cuerpo legal, es decir, sean de aplicación general y exigible.
La expansividad de los derechos es, sin duda, la forma que para algunos tiene el progreso. De ahí la pertinaz actitud de los partidos y de sus dirigentes en confundir capciosamente los derechos de las personas, con la obtención de servicios sociales o prestaciones públicas. Veamos un ejemplo por si a estas alturas estoy quedando un poco teórico.
Los partidos de la izquierda prometen la generalización de lo que conocemos como prestación de dependencia, pero no lo ofrecen como una facultad discrecional de los gobiernos, sino como un derecho indeclinable de los ciudadanos, lo cual es, no sólo rigurosamente falso, sino pernicioso para el devenir político porque resta capacidad de maniobra (de eso se trata, al fin y al cabo) a otro gobierno de otro signo, que entienda de manera diferente la atención a sus ciudadanos ancianos o impedidos.
La pretensión de convertir esos modelos de servicios y prestaciones al ciudadano en derechos comunes nos lleva a una encerrona de irreversibilidad de las políticas, que es lo que se pretende. De este modo, una simple política determinada de vivienda pública, puede convertirse en un derecho ejercitable que un gobierno de signo contrario no podrá ya alterar, salvo que enajene su futuro político.
La Constitución de 1978 consagra algunos derechos de los que gusta llamar sociales a quienes lo social les parece un aura de respetabilidad. Tras el enunciado, la Constitución abre la posibilidad de que una ley regule tales derechos, no con carácter limitativo, sino instrumental. Es decir, la Carta Magna deja la posibilidad a los sucesivos Gobiernos de regular de acuerdo con sus postulados el principio general enunciado. Y cada gobierno, con el respaldo parlamentario del que disponga, está en condiciones de hacerlo a su leal saber y entender. Y otro gobierno posterior estará en condiciones de modificar o no tal disposición. Este es el juego democrático.
Quienes pretender tirar por la calle de en medio y hacer constitucionalismo a través de una ley ordinaria, incluso de una ley orgánica o un estatuto de autonomía, no sólo están equivocados, sino que subvierten claramente el orden constitucional. Y de esos intentos tenemos unos cuantos ya en nuestro acervo.
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