El Supremo confirma la nulidad de la tasa de Barcelona sobre viviendas vacías

01/07/2019

diarioabierto.es. Por entender que la administración "no es competente para aprobar disposiciones de carácter general en esta materia" y, en particular, al considerar que la actividad gravada por esta tasa no es de competencia municipal.

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de la tasa del Ayuntamiento de Barcelona sobre actuaciones de inspección de viviendas vacías por entender que la administración «no es competente para aprobar disposiciones de carácter general en esta materia» y, en particular, al considerar que la actividad gravada por esta tasa no es de competencia municipal.

El Alto Tribunal desestima así el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ya declaró la nulidad de pleno derecho del artículo de la Ordenanza Fiscal por la que el Consistorio de la Ciudad Condal aprobó la tasa en septiembre de 2016.

La sentencia recurrida, y cuyo fallo ha confirmado el Tribunal Supremo, daba así la razón a Sareb, entidad que fue la que recurrió la modificación de dicha tasa municipal.

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