La UE y Canadá pactan un arbitraje temporal para resolver disputas comerciales alternativo a la OMC

26/07/2019

diarioabierto.es. Ante la probabilidad de que el órgano de apelación de la OMC deje de funcionar a final de año.

La Unión Europea y Canadá han sellado un acuerdo para poner en marcha un órgano de apelación temporal para poder resolver disputas comerciales alternativo al de Organización Mundial del Comercio ante la probabilidad de que este deje de funcionar a final de año.

Estados Unidos mantiene bloqueado el proceso de nombramiento y renovación de los miembros del Órgano de Apelación de la OMC y este dejará de funcionar a partir del 10 de diciembre si no se resuelve para entonces el nombramiento de dos de los actuales tres integrantes cuyo mandato expira para entonces, algo cada vez más improbable.

El órgano normalmente debería contar con siete miembros y en la actualidad solo cuenta con los tres mínimos necesarios para revisar los recursos de apelación al mecanismo de resolución de disputas.

La UE y Canadá han acordado este jueves un mecanismo de apelación temporal alternativo al de la OMC para que sea posible seguir resolviendo disputas comerciales en el caso de que este deje de funcionar.

El mecanismo acordado replicará «lo máximo posible todos los aspectos sustanciales y procedimentales» del actual órgano de apelación de la OMC y permitirá que los recursos de apelación sean examinados por tres antiguos miembros del órgano de apelación de la OMC.

La UE y Canadá subrayan su determinación en el acuerdo sellado de «preservar los principios y características esenciales del sistema de resolución de disputas de la OMC», incluido su carácter «vinculante» y sus dos fases para resolver disputas de forma «independiente e imparcial» a través de un panel de expertos y la posible revisión en apelación.

La solución temporal pactada dejará de utilizarse «en cuanto» el órgano de apelación en la OMC sea restituido «plenamente», aunque cualquier caso pendiente «será completado» en el marco del mecanismo de arbitraje temporal acordado salvo que las partes decidan lo contrario.

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