El Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid ha dado la razón al Banco Santander en un pleito contra Ángel Ron, por el que se le exige al expresidente del Banco Popular la devolución de los 12,8 millones de euros percibidos en concepto de retribución variable.
Así, mediante la aplicación de la cláusula ‘malus’, se exige a Ron el reembolso de su prejubilación y se condena a Mapfre –entidad a través de la que se instrumentaliza la póliza de seguro de renta– a dejar sin efecto las obligaciones de pago previstas y a devolver el importe de prima no consumida, incrementado con los intereses legales calculados desde el 8 de septiembre de 2017.
Esta cláusula puede suponer la reducción hasta en un 100% de la retribución variable pendiente de abono en caso de fallos significativos en la gestión del riesgo cometidos por el banco, que se produzca un incremento de las necesidades de capital, que existan sanciones regulatorias o condenas judiciales por hechos imputables al personal responsable o por conductas irregulares.
En la sentencia, Banco Santander justifica este reclamo dado que el propio reglamento del Banco Popular contenía las causas sobre las que aplicar la cláusula, entre las que se encontraba «el insuficiente desempeño económico de la entidad y la variación significativa del capital económico del banco».
«En definitiva, la entidad contemplaba la posibilidad de reducción o recuperación de las variables en caso de resultados negativos, no asociados necesariamente a una conducta negligente del perceptor de las mismas», recoge el fallo.
El Juzgado también ha condenado a Ron a pagar 13.093,92 euros correspondientes a la remuneración cobrada por adelantado en el primer trimestre de 2017 sin haber desempeñado efectivamente su puesto de consejero desde el 20 de febrero de 2017, junto con los intereses legales devengados.
Asimismo, se ha procedido a aplicar la cláusula ‘clawback’, de forma que el expresidente de la entidad resuelta tendrá que abonar los 215.546,33 euros cobrados en los ejercicios 2015 y 2016 por la remuneración variable correspondiente a 2013 y 2014.
Con todo, esta resolución no es firme y contra ella cabe la interposición de recurso de apelación ante las secciones civiles de la Audiencia Provincial de Madrid.
Tras la resolución de la entidad, el Santander decidió aplicar estas cláusulas ‘malus’ y ‘clawback’ y reclamó a Ron el cobro de 12,8 millones de euros percibidos en concepto de retribución variable.
El pago de las cantidades reclamadas por Santander Ron se externalizó en una póliza de seguros con Mapfre, por lo que la entidad interpuso en noviembre de 2017 una demanda contra el expresidente de Popular y contra Mapfre Vida, pretendiendo que la aseguradora dejase de abonar al exdirectivo su prejubilación.
El Santander pidió que Ron devolviese 13.093 euros correspondiente a la remuneración cobrada por adelantado en el primer trimestre de ese año (cesó como consejero el 20 de febrero), que abonase 215.546 euros de la remuneración variable de 2013 y 2014 cobrada por Ron en 2015 y 2016 al aplicar la cláusula ‘clawback’ y que se aplicase la reducción a cero (cláusula ‘malus’) de la remuneración variable de 2014 pendiente de cobro por 42.600 euros en efectivo y 10.216 acciones del banco.
Asimismo, Santander también pidió que se aplicase la recuperación (cláusula ‘clawback’) de los importes que la aseguradora abonase a Ron desde que cesó en sus funciones.
En consecuencia, el grupo pidió que redujese a cero (cláusula ‘malus’) la compensación por prejubilación cuyo pago se instrumenta a través de la póliza de Mapfre.
Ron anuncia un recurso
En un comunicado, enviado por el bufete Pilar Martínez Abogados, el expresidente del Banco Popular, Ángel Ron, anuncia que recurrirá la sentencia del juzgado de primera instancia número 47 de Madrid sobre su pensión.
la sentencia resulta contraria a los estatutos del extinto banco y a la política de remuneraciones existente, sometida a los acuerdos del consejo y de la junta general de accionistas, que aprobaron dicha retribución y estuvo vigente desde 1979 hasta la llegada del sucesor de Ángel Ron.
Según el bufete que encabeza la esposa de Ron, el fundamento de la estimación es la calificación como retribución variable de la pensión que le reconocen los estatutos, a pesar de que el banco siempre le dio la consideración de fija y así figuraba en su contrato.
Asimismo, cuestiona que la sentencia aplica, con carácter retroactivo, una norma que no había entrado en vigor, «tal como reconocen los informes técnicos que cita y fueron ratificados en sede judicial».
La defensa del exbanquero también cree que la sentencia carece de justificación de cumplimiento de los requisitos para aplicación del ‘claw back’ (reembolso de incentivos) que exige la propia norma, según informes de expertos que aportó a los autos Ángel Ron y que no han sido tenidos en cuenta, «basando la juzgadora su consideración, en muchos aspectos contradictoria, en interpretaciones carentes de fundamento jurídico».
Asimismo, el despacho señala que en la sentencia se realizan afirmaciones contra la evidencia de documentos que fueron aportados por el mismo Banco Santander y que acreditan que, desde 1979, se consideró la pensión que Ron percibe y la de todos los demás directivos del banco como fija y no variable, reflejándose así en los contratos de consejeros y directivos.
La sentencia afirma que no se juzga la gestión de Ron al frente del Popular, sino que atiende al hecho objetivo de la resolución del banco por la Junta Única de Resolución (JUR).
«Sin embargo, desoye e ignora la existencia de controversias y procedimientos en diversos tribunales y jurisdicciones, tanto sobre las causas de la resolución el Banco Popular, como sobre su valoración en 1 euro, algunas de ellas acreditadas por múltiples documentos y testigos, que fueron aportados a la causa y que señalan como hecho determinante la pérdida de liquidez, producida en el segundo trimestre del año 2017, bajo la presidencia del señor Saracho. Así lo señala también el informe de los peritos del Banco de España y de diversas autoridades», critica.
La defensa de Ron denuncia que el exbanquero no ha tenido la oportunidad de declarar en esta causa, ni tampoco en los dos años y medio transcurridos desde la resolución del banco, en las diligencias que hay en la Audiencia Nacional, «por lo que sigue a la espera de poder hacerlo en las fechas por fin señaladas». Y avisa de que «será en este ámbito donde exponga lo que sea procedente exponer».
«Ángel Ron seguirá defendiendo su honor, su trasparente e impecable gestión como presidente y sus derechos como accionista, puesto que está, con todo su consejo, entre los 300.000 afectados que perdieron una parte muy importante de sus ahorros, que tenían invertidos en acciones del Banco Popular, mediante la resolución acordada por la JUR y posterior entrega al Banco Santander por 1 euro», concluye.
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