El Banco de España equipara los establecimientos financieros de crédito con los bancos

02/12/2019

diarioabierto.es. Los EFC aplicarán los mismos criterios contables que estas entidades, incluido el enfoque de pérdida esperada para la estimación del deterioro por riesgo de crédito. // Circular 4/2019, de 26 de noviembre, del Banco de España, a establecimientos financieros de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado la Circular 4/2019 que constituye el régimen contable de los establecimientos financieros de crédito (EFC). Con esta circular, se da por concluido el régimen contable transitorio al que estaban sujetos.

En ella, el Banco de España mantiene su estrategia de convergencia de la normativa contable de las entidades supervisadas con el marco contable europeo conformado por las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas en la Unión Europea (NIIF-UE), respetando los principios del Código de Comercio.

La nueva circular toma como referencia la norma contable de las entidades de crédito, la Circular 4/2017, ya que dispone que los EFC apliquen los mismos criterios contables que éstas, incluido el enfoque de pérdida esperada para la estimación del deterioro por riesgo de crédito.

Las diferencias entre ambos tipos de entidades en relación con la escala y complejidad de sus actividades se traducen en un régimen simplificado de requerimientos de envío de estados financieros para los EFC. Éstos solo remitirán al Banco de España un subconjunto de los modelos de estados públicos y reservados que remiten las entidades de crédito y, en algunos casos, con menor frecuencia de elaboración y mayor
plazo para su preparación y envío.

La nueva circular, que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado el 2 de diciembre, entrará en vigor el 1 de enero de 2020. No obstante, los primeros estados reservados individuales y consolidados que se han de remitir con los nuevos modelos serán los correspondientes al 30 de junio de 2020.

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.