El Tribunal Europeo de Justicia pone coto a los fondos ‘buitre’

19/12/2019

Miguel Ángel Valero. "El abuso del procedimiento monitorio europeo por parte de los fondos es intolerable, así lo han percibido nuestros jueces y, gracias a ellos, una vez más Europa nos da la razón”, señala la presidenta de Asufin, Patricia Suárez. // Sentencia 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia relativa a los monitorios europeos, instrumentos que permiten a empresas radicadas fuera de España pero dentro de la UE, ejecutar procesos rápidos de devolución de deuda a empresas y particulares. Establece que los jueces españoles están facultados para pedir “al acreedor información adicional relativa a las cláusulas contractuales que éste invoca para acreditar la deuda de que se trate, con el fin de controlar de oficio el carácter eventualmente abusivo de esas cláusulas”.

Esa información complementaria puede ser “la reproducción de todo el contrato o la presentación de una copia del mismo, con el fin de examinar el carácter eventualmente abusivo de tales cláusulas”.

De esta forma, el TJUE responde a dos cuestiones prejudiciales planteadas por dos tribunales españoles, el Juzgado de Primera Instancia nº11 de Vigo y el Juzgado de Primera Instancia nº20 de Barcelona. En ambos casos, se trata de una reclamación de deuda a consumidores en las que no se aporta ni contrato ni información acerca de qué parte de la deuda que se reclama corresponde a principal. Patricia Suárez, presidenta de Asufin, alerta de que detrás de estas reclamaciones “hay indicios de cláusulas abusivas o incluso deuda prescrita”.

“Es una gran noticia que los consumidores estén protegidos por unos jueces que ya están acostumbrados a valorar la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos de préstamo. El abuso del procedimiento monitorio europeo por parte de los fondos es intolerable, así lo han percibido nuestros jueces y, gracias a ellos, una vez más Europa nos da la razón”.

Es revelador que el uso de este instrumento se ha incrementado en un solo año un 800%, según consta en la memoria de 2019 del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los abogados de Asufin achacan este hecho a la cesión de créditos de particulares a empresas radicadas en otros países de la Unión Europea.

El propio CGPJ advierte en su memoria de esta cesión de créditos (principalmente de consumo, derivados de tarjetas de crédito, operaciones bancarias, compañías telefónicas, etc), cuando la empresa financiera que ha adquirido el crédito no es española, pero sí de un país de la Unión Europea.

En estos casos, estos fondos ‘buitre’ han optado por plantear un proceso monitorio europeo en el intento de evitar el examen judicial de posibles cláusulas abusivas. De este modo, recibe el tratamiento de asunto transfronterizo, porque una de las partes está domiciliada en un Estado diferente, aunque en muchos de los casos de afectados llegados a Asufin, se aprecia la existencia de fraude de ley porque se trata de deudas contraídas en España.

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