Los autónomos que sufran un accidente laboral optan a nuevas ayudas

20/12/2019

Luis M. del Amo. Las mutuas decidirán si conceden estas prestaciones dedicadas a la adaptación de vivienda o vehículo, cursos de recualicación o gastos de desplazamiento.

La Seguridad Social ha publicado una resolución que regula las ayudas potestativas que las Mutuas pueden otorgar en casos de necesidad de aquellos trabajadores autónomos que hayan sufrido un accidente, así como su cónyuge, pareja o hijos.

Las prestaciones se dirigen a aquellos trabajadores que hayan sufrido un accidente, así como a su cónyuge, pareja, hijos, etc., según se publicó en el boletín oficial del Estado (BOE) del 13 de diciembre.

Son ayudas potestativas; es decir, la concesión de las mismas es potestad de las Mutuas, ya que van más allá de sus obligaciones legales, aunque la Seguridad Social ha hecho suya esta prestación y la ha incluido en el catálogo de ayudas que deberán asumir todas las mutuas, informa José Luis Perea, secretaria general de ATA.

Se trata de una prestación específica para los trabajadores autónomos, que consiste en un ayuda económica para afrontar los gastos que supone eliminar las barreras arquitectónicas del local donde desarrolle su negocio o actividad, a fin de adaptarlo a las nuevas necesidades físicas del autónomo surgidas tras el accidente o enfermedad profesional.

La norma recoge además otras prestaciones potestativas como ayudas a la rehabilitación y tratamiento en centros especiales del trabajador, adaptación de su vivienda o vehículo, gastos de desplazamiento suyos y de familiares, prótesis avanzadas, ayuda domiciliaria, cursos para la inserción laboral, entre otras.

La solicitud deberá dirigirse a las comisiones de prestaciones especiales de las mutuas de accidentes de trabajo, siempre que se justifique el estado de necesidad originado por el accidente o la enfermedad profesional.

Elimina la ayuda a la contratación de un sustituto

La nueva normativa elimina el resto de ayudas graciables que constituían el catálogo de prestaciones para trabajadores autónomos que se creó en seno de la misma, entre las que destacaba la concesión de una ayuda económica para la contratación de un trabajador que sustituyera un máximo de un año al autónomo accidentado durante su recuperación.

Según ATA, la ayuda nace a imitación de una ayuda impulsada por esta federación en la comisión de prestaciones especiales de Mutua Universal, que se viene concediendo desde entonces entre aquellos trabajadores autónomos asociados a la Mutua que se encuentran en esta situación.

“Celebramos que nuestras iniciativas poco a poco se vayan adaptando y ampliando a todo el colectivo”, afirmó Perea.

“Aunque la concesión de estas ayudas son potestad de las mutuas ya que van más allá de sus obligaciones legales, es cierto que viene a completar la protección del trabajador autónomo frente a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales situándolo al mismo nivel de protección que el asalariado”, concluyó.

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