Los inversores podrán mantener sus posiciones cortas, pero no incrementarlas

12/08/2011

diarioabierto.es. La CNMV explica que no se pueden crear ni incrementar operaciones a corto y que la responsabilidad de saltarse la prohibición será sólo del inversor.

Los inversores que tengan posiciones cortas pueden mantenerlas tras la prohibición dictada el jueves sobre esta operativa por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pero no incrementarlas ni constituirlas, según una información publicada este viernes por el organismo supervisor.

La CNMV ha publicado una serie de respuestas a cuestiones correspondientes a los servicios técnicos de la Dirección General de Mercados sobre interpretación de la prohibición de forma temporal de las posiciones cortas netas sobre valores financieros.

En concreto, según esta información, «la prohibición sólo se refiere a la constitución o incremento de posiciones cortas» y que, por tanto, «mantener inalteradas las posiciones previamente adoptadas no vulnera la prohibición».

Asimismo, recoge que la prohibición alcanza a operaciones sobre acciones financieras españolas realizadas en SMNs (Sistema Multilateral de Negociación) fuera de España «si se crea o aumenta una posición corta neta».

Entre otras cuestiones también se informa de que el acuerdo no prohíbe ningún producto o actividad concreta ni significa que no se pueda ofrecer un determinado producto a los clientes. Esto supone que el inversor es quien asume la prohibición de incrementar o crear una posición corta neta y quien tiene la responsabilidad de cumplir con las medidas acordadas por la CNMV.

En cuanto a si el acuerdo incluye productos estructurados que contienen derivados cuyo efecto es crear una posición corta neta en un subyacente de la lista de valores financieros, la CNMV responde que sí, y que la responsabilidad de calcular y controlar su exposición recae en el inversor.

Por último, la información publicada por al CNMV señala, entre otras cuestiones, que «resulta ilícito» sortear la prohibición mediante la combinación de operaciones en derivados de un índice con otras transacciones, por ejemplo, ponerse corte en el índice y largo en todos los valores no afectados por la prohibición, con el resultado de obtener  una posición corta neta en una o varias de las acciones sujetas a prohibición.

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