Las gestoras deberán informar de las comisiones a sus clientes antes del 31 de marzo

27/01/2020

diarioabierto.es. La Comisión Nacional del Mercado de Valores "comparte el criterio de ESMA" y, si bien la normativa no ha establecido un límite para su entrega, el supervisor europeo de los mercados reclama que las entidades deberían facilitar esta información "lo antes posible, una vez concluido el periodo sujeto a reporte".

La Comisión Nacional de Mercados de Valores ha fijado el cierre del primer trimestre como plazo máximo a las gestoras para remitir a sus clientes los informes anuales sobre las comisiones cobradas en el ejercicio anterior, tras la entrada de en vigor de la Directiva MiFID II.

El supervisor considera que esta información debería facilitarse a los clientes «no más tarde del 31 de marzo siguiente al cierre de cada año natural objeto de reporte», según figura en una actualización de sus ‘Preguntas y respuestas sobre la aplicación de la directiva MiFID II’.

En este sentido, la CNMV «comparte el criterio de ESMA» y ha señalado que, si bien la normativa no ha establecido un límite para su entrega, el supervisor europeo de los mercados ha aclarado que las entidades deberían facilitar esta información a los clientes «lo antes posible, una vez concluido el periodo sujeto a reporte».

La CNMV considera, entre otras razones para la aplicación de un criterio homogéneo por todas las entidades, que el término «anual» a efectos de la provisión de la información ‘ex post’ sobre costes debe entenderse referido al año natural, por lo que, a partir de 2018 se debería informar de los costes incurridos por cada año natural.

En cuanto a las obligaciones de información sobre costes y gastos del servicio de gestión discrecional, la CNMV ha aclarado que la base de cálculo debe ser anual. Las entidades que, en su caso, repercutan costes iniciales de inversión en los que los clientes puedan incurrir el primer año, deberán incluirlos en la información previa.

La CNMV ha detallado que los costes sobre los que las entidades deben informar al cliente deben diferenciar básicamente entre los del producto y del servicio y a su vez entre costes puntuales (de entrada y salida), costes recurrentes o continuos (como las comisiones de gestión de los fondos), costes correspondientes a las operaciones (como las comisiones de los intermediarios) y costes incidentales (como las comisiones sobre rendimiento).

En este sentido, el supervisor ha recordado la obligación de informar de todos aquellos costes y gastos conexos que soporte el producto y que no se hayan incluido en el documento de datos fundamentales, como los de transacción del fondo así como de los correspondientes a la prestación de servicios de inversión en relación con el vehículo de inversión colectiva.

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