El Tribunal de Justicia de la UE hará pública la sentencia sobre el IRPH el 3 de marzo

08/02/2020

Miguel Ángel Valero. Asufin estima que hay un millón de familias afectadas por el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, que han pagado de más cerca de 25.000 euros desde 2004 en comparación con el Euribor.

Ya hay fecha para la lectura de una de las más esperadas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), la que hace referencia al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) estima en un millón las familias españolas afectadas por las hipotecas vinculadas a ese índice, que han pagado de media unos 25.000 euros de más desde 2004.

Una estimación basada en las hipotecas medias del mercado revela que la cuota media
pagada hasta 2019 con Euribor es de 917,8 euros, mientras que con IRPH asciende a 1082,9 euros, lo que supone un total en el periodo de 24.987 euros de diferencia entre los dos índices. Los afectados por el IRPH pagaron de media 165 euros de más al mes con respecto a los que estaban referenciados al Euribor.

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, Maciej Szpunar, que emitió sus conclusiones el 10 de septiembre de 2019, abrió las puertas a que los consumidores emprendieran acciones legales de reclamación por el IRPH. Sin ser vinculantes, las consideraciones del abogado general son indicio en la mayoría de los casos del sentido de la sentencia, y las de Szpunar establecieron que la fórmula de cálculo del IRPH Cajas resultaba «compleja y poco transparente para un consumidor medio». En consecuencia, consideraba que las entidades deben dar “información suficiente» para que éste pueda tomar una decisión «prudente y con pleno conocimiento de causa».

«El cálculo y las consecuencias de aplicar el IRPH en las hipotecas no se explicó de forma transparente al consumidor”, considera la presidenta de Asufin, Patricia Suárez. Las entidades «no informaron a los consumidores de que con el índice IRPH
pagaría más que con el Euribor, al ser el resultado de la suma de este último más
diferencial, intereses y comisiones”.

“Si los tribunales finalmente pueden valorar la transparencia de la comercialización de la cláusula IRPH, muy pocas entidades podrán demostrar que informaron correctamente por lo que se declararán nulas y se expulsarán del contrato”, añade.

Desde Asufin se ha venido aconsejando a quienes dispongan de un préstamo referenciado al IRPH hacer acopio de toda la documentación sobre el mismo con
el fin de preparar reclamaciones de forma extrajudicial hasta que el  Tribunal de Justicia de la UE dicte sentencia. “Nuestra asociación ya tiene 5 demandas colectivas en
marcha y centenas de demandas individuales, los afectados no pueden perder ni un minuto más para traer su documentación y empezar la reclamación», remarca su presidenta.

Lo que explica que el caso se encuentre en instancias de la Unión Europea es el
cuestionamiento de la transparencia que han efectuado magistrados en España. Una
sentencia del Tribunal Supremo en 2017 a favor de Kutxabank exponía que “la mera
referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni
abusividad”, pero esa posición no suscitó unanimidad: el magistrado Francisco Javier Orduña Moreno votó en contra y a él se sumó Francisco Javier Arroyo, porque consideraron que sí cabía alegar falta de control de la transparencia en la comercialización de hipotecas ligadas a ese índice.

En febrero de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea admitió a trámite la cuestión prejudicial del juzgado número 38 de Barcelona del juez Francisco González de Audicana ante las dudas que le suscitaba la cuestión.

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