El Gobierno puede declarar el estado de alarma, una medida prevista en la Constitución y que permite limitar la circulación de personas, requisar temporalmente bienes, intervenir industrias y limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad con un decreto aprobado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, informando al Congreso de los Diputados, que debe reunirse inmediatamente. Siempre que quiera exceder ese plazo necesita la autorización del Parlamento.
El estado de alarma puede decretarse para todo o para parte del territorio nacional.
El estado de alarma está regulado en el artículo 116 de la Constitución y en la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de estados de alarma, excepción y sitio. Es el nivel más suave, ya que, a diferencia del estado de excepción y de sitio, no permite la suspensión de derechos fundamentales como el de reunión o el de libertad de expresión.
Una vez activado el estado de alarma, el Gobierno puede:
- Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
- Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
- Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los ministerios interesados.
- Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
- Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados
Obliga a todas las autoridades civiles, los cuerpos policiales autonómicos y locales y los demás funcionarios a quedar bajo las órdenes de la autoridad competente designada por el decreto. La autoridad puede imponerles “servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza”.
En toda la democracia española, solamente se ha decretado el estado de alerta durante la crisis de los controladores aéreos, en 2010.
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