El Consejo de Ministros aprueba ayudas al alquiler y la suspensión de desahucios

31/03/2020

diarioabierto.es. El Gobierno ha decidido ampliar a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos como consecuencia de la pandemia, frente al mes aprobado inicialmente.

El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de medidas en materia de alquiler que beneficiará a unas 500.000 familias vulnerables y que contempla la suspensión de los desahucios durante seis meses tras el fin del estado de alarma, la prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual, una línea de microcréditos avalados por el Estado o ayudas directas de hasta 900 euros tras la crisis, por importe de 700 millones de euros, entre otras.

El vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2020, Pablo Iglesias, explica, en la comparecencia posterior al Consejo de Ministros, que las medidas buscan ofrecer seguridad y protección a todas las personas para afrontar el impacto negativo de la crisis. Son medidas para ofrecer el «derecho constitucional» de la vivienda, un bien «más imprescindible» ahora al ser la «trinchera» desde la que los ciudadanos se protegen del virus, tras pedirles que permanezcan en casa para evitar contagios.

Se ha aprobado la suspensión de desahucios sin alternativa de otra vivienda hasta que se cumplan seis meses tras el fin del estado de alarma para que «nadie se quede sin casa durante la crisis», así como una prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de alquiler de la residencia habitual para evitar subidas abusivas aprovechando el Covid-19.

Quien caiga en situación de vulnerabilidad puede acogerse a un microcrédito que dará el estado a tipo 0 de interés, a devolver en 6 años ampliable a 10 en caso de dificultades.

Se recoge una definición «muy amplia» de los supuestos de vulnerabilidad para acogerse al sistema: los parados, los trabajadores inmersos en ERTE o reducción de jornada o autónomos con ingresos reducidos como consecuencia del Covid-19, entre otros.

Si después de la crisis se mantiene la vulnerabilidad, el Estado pagará la deuda de alquiler a través de una línea de ayudas públicas que contempla ayudas de hasta 900 euros al mes y 200 euros para gastos de suministros o mantenimiento, con un importe total de hasta 700 millones de euros.

«Si se produce una situación en que hay inquilinos en situación de vulnerabilidad que, tras recibir los préstamos a coste cero no pueden pagar, el Estado no les va a dejar tirados y se va a ocupar de garantizar que nadie pueda ser expulsado de su casa por no pagar el alquiler», explica Pablo Iglesias.

Los grandes propietarios de vivienda «deben arrimar el hombro y hacer un esfuerzo como todo el mundo», frente a inquilinos vulnerables y pequeños casos. Tendrán que elegir entre realizar una quita del 50% o la reestructuración de la deuda en 3 años para los afectados. «No es lo mismo un pequeño propietario que un fondo buitre o un gran tenedor, no es lo mismo una pareja de jubilados que reciben una pensión baja junto a la renta de un piso que han comprado tras toda la vida de trabajo que alguien con 15 o 20 viviendas alquiladas o fondos buitres con miles de viviendas», señala Pablo Iglesias.

Con el decreto se garantiza que todos los pequeños propietarios percibirán «íntegramente» las rentas de viviendas, y los grandes tenedores y fondos de inversión deberán asumir «como es normal» parte del impacto, efectuando quitas o reestructuración.

Moratoria hipotecaria de tres meses

El Gobierno ha decidido ampliar a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos como consecuencia de la pandemia, frente al mes aprobado inicialmente.

En este sentido, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) critica la decisión porque deja a muchas familias vulnerables fuera de esta medida. Exigir los cuatro supuestos supone, de facto, que el número de familias que se pueden acoger es tan pequeño que deja la medida en un mero acto publicitario.

En un escenario excepcional como el presente, cada uno de los supuestos plantea una situación de debilidad económica, tanto para el desempleado, el autónomo o el empresario, que merece ser tenida en cuenta por sí misma, señala Asufin.

De igual modo, considera que la documentación que se pide para acceder a la moratoria, prorrogada por un periodo de tres meses, es «excesiva e innecesaria».

En su opinión, debería bastar con los datos que ya posee el banco de su cliente y la declaración responsable del solicitante, en virtud de la cual tendría que indemnizar a la entidad en caso de que se beneficiara sin cumplir los requisitos.

«Cumplir con estos requerimientos es especialmente difícil para el consumidor en un escenario de restricciones a la libertad de circulación y unas administraciones públicas que aún no están plenamente digitalizadas», añaden en Asufin.

Bono social eléctrico para los afectados por el virus

El Gobierno ha extendido el derecho a acogerse al bono social de electricidad a los trabajadores afectados por despidos y a los autónomos que hayan cesado su actividad o reducida su facturación por la crisis del coronavirus. Podrán acogerse, «de manera excepcional y temporal», todas aquellas personas físicas con derecho a contratar el PVPC (la tarifa regulada), que tengan una renta igual o inferior a determinados umbrales referenciados al IPREM, y que acrediten «encontrarse afectados por medidas de regulación de empleo adoptadas por sus empresas, haber cesado en su actividad profesional como profesionales autónomos o haber visto su facturación reducida en un 75% en promedio respecto al semestre anterior».

En el caso de los umbrales del IPREM van desde 2,5 veces el IPREM de 14 pagas, en el caso de que el titular del punto de suministro no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar; a 3 veces el índice de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar; a 3,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

La condición de consumidor vulnerable por la crisis del coronavirus para el derecho a percibir el bono social se extinguirá cuando dejen de concurrir esas circunstancias, estando obligado el consumidor a comunicar este hecho al comercializador de referencia. No obstante, en ningún caso la consideración de consumidor vulnerable por este hecho se extenderá más de seis meses desde su devengo.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha aprobado que los autónomos y empresas puedan suspender temporalmente sus contratos de suministro o modificar sus modalidades de contratos sin penalización.

Para los autónomos y pymes, se ha establece un mecanismo de suspensión del pago de la factura de electricidad, gas natural y otros productos derivados del petróleo, por parte del titular del contrato al comercializador de electricidad y gas o, en su caso, el distribuidor en gases manufacturados y GLP canalizado. Las facturas suspendidas podrán ser abonadas durante los seis meses posteriores a la finalización del estado de alarma, en partes iguales.

Para que los comercializadores o distribuidores no asuman cargas de tesorería indebidas, se les exime de afrontar el pago de los peajes durante el periodo de suspensión del pago. Y podrán acceder a la línea de avales puesta en marcha hace dos semanas por Gobierno para hacer frente a la crisis del Covid-19. La cantidad avalada coincidirá con la cantidad en la que hayan disminuido los ingresos de cada agente como consecuencia de esta medida.

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