El Gobierno permite a los parados cobrar la prestación y trabajar en el campo

07/04/2020

diarioabierto.es. El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, precisa que quedan excluidos de poder compatibilizar tareas del campo y prestaciones sociales aquellos trabajadores vinculados a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) aplicado por el coronavirus y por la disminución de actividad vinculada a trabajadores por cuenta ajena al tener ya una "financiación y cobertura propia". // Referencia del Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de medidas urgentes para poder garantizar la producción de cara a las próximas campañas agrícolas, que necesitan entre 75.000 y 80.000 trabajadores, así como el abastecimiento de alimentos en España.

El Real Decreto permite compatibilizar a los desempleados las tareas del campo, desarrolladas en su término municipal o colindantes, con la prestación por desempleo, subsidio agrario o una renta agraria.

También podrán acceder a estos trabajos aquellas personas migrantes cuyo permiso de trabajo concluya en el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma (14 de marzo) y el 30 de junio de 2020, cuya prórroga se determinará a través de instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones.

Podrán acogerse a esta norma los jóvenes (de 18 a 21 años) de terceros países, que se encuentren en situación regular,  a los que se facilitará el permiso de trabajo para incorporarse a tareas en el campo.

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, precisa que quedan excluidos de poder compatibilizar tareas del campo y prestaciones sociales aquellos trabajadores vinculados a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) aplicado por el coronavirus y por la disminución de actividad vinculada a trabajadores por cuenta ajena al tener ya una «financiación y cobertura propia». «Aquello que está vinculado al coronavirus no deberá ser aplicable en este contexto», insiste.

Abastecimiento sin subidas de precios

Planas explica que se trata de «medidas extraordinarias para una situación extraordinaria», que responden a la «demanda necesaria» de trabajadores en el sector agrario y se hace de «forma mesurada y concreta».

«Aseguramos el abastecimiento, que no haya incremento de precios de cara al conjunto de los ciudadanos, y es una oportunidad de conseguir un empleo y un salario en quien trabaje en el campo en esta situación», explica el ministro de Agricultura.

Los contratos se efectuarán por escrito, con un salario recogido en el convenio o Salario Mínimo Interprofesional (SMI), a través de transferencia bancaria.

La aplicación del estado de alarma, con la restricción de movilidad, afecta «muy seriamente» al sector primario, teniendo en cuenta que en el campo existen tareas de carácter estacional, desde marzo a finales de septiembre.

Por ello, el Gobierno ha aprobado este real decreto de medidas «urgentes» con el fin de responder a una situación en el campo de falta de mano de obra, ya que si no se efectuara la recogida de productos disminuiría la oferta a los mercados, el abastecimiento y afectaría a los precios, y «eso no sería deseable».

Además, dos tercios de la producción española se exportan a mercados de la Unión Europa: «Hay que abastecer a esos mercados que son fuente de renta muy importante».

Más claridad en la moratoria de cuotas de empresas y autónomos

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha modificado el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo referente a la moratoria de las cuotas para empresas y autónomos, para añadir más claridad a la norma.

La moratoria únicamente afectará a las aportaciones empresariales en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, así como a las cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

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