
Sede del Banco Popular en el momento de su resolución, y actual emplazamiento de Santander España.
En la madrugada del 7 de junio de 2017 la Junta de Resolución Única (JUR) se estrenaba con la intervención del Banco Popular y su adjudicación por un euro al Banco Santander. Mientras la integración operativa del otrora banco más rentable del mundo en el Grupo Santander se ha hecho en el calendario previsto y sin problemas, la resolución, que afectó a más de 300.000 accionistas y titulares de bonos del Popular, celebra su tercer aniversario sin que se vislumbre la luz al final del túnel en el intrincado laberinto judicial.
El Santander ofreció a finales de 2017 a los accionistas particulares del Popular unos bonos de fidelización a cambio de renunciar a acciones judiciales, que fueron suscritos por el 80% de éstos.
Pero en los tribunales, tanto nacionales como extranjeros, se acumulan procedimientos contras los organismos que tomaron la decisión de intervenir el Popular, contra los administradores y directivos del banco que llevaron a la entidad a esa situación de quiebra, y contra el Santander como responsable civil subsidiario y propietario de la entidad, que jurídicamente desapareció el 28 de septiembre de 2018.
Los jueces de primera instancia en España han reconocido, en su práctica totalidad, a los accionistas que acudieron a la ampliación de capital del Popular en 2016 el derecho a recuperar su inversión al entender que el folleto contenía información engañosa.
Respecto a la vía civil, hay ya cientos de sentencias en primera instancia que han declarado nula la compra de acciones del Popular por falsedad contable. En segunda instancia, los datos del Centro de Documentación Judicial (Cendoj) recogidos por Fieldfisher Jausas indican que desde 2018 las Audiencias Provinciales han dictado 145 sentencias, de las que el 76% falló a favor del consumidor y el 10% lo hizo parcialmente a favor.
Pero no ha sido así con los que compraron acciones del Popular directamente en el mercado o en ampliaciones de capital anteriores.
Y hay sentencias contradictorias con los que compraron bonos convertibles en acciones del Popular.
La causa penal, tras el verano
El Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia de Madrid tramita la causa penal en una seria de querellas y denuncias interpuestas por accionistas del Popular que han preferido reclamar por la vía penal en lugar de la civil. Están dirigidas contra la entidad, y los miembros del consejo de administración, así contra el auditor externo PwC, por la ampliación de capital de 2.500 millones € que realizó el banco en el 2016.
El juez José Luis Calama ha decidido reabrir el caso, paralizado por la pandemia, entre septiembre y octubre, con comparecencias en calidad de testigos del presidente de la CNMV, Sebastián Albella (que como socio de Linklaters participó en el diseño de la ampliación de capital del Popular), el vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), Luis de Guindos (ministro de Economía en el momento de la resolución), la presidenta del Santander, Ana Botín, el presidente de Santander España en el momento de la adjudicación, Rodrigo Echenique, y directivos del Popular y del Pastor (filial de este banco). En esta causa el Santander no está imputado, sino que figura como responsable civil subsidiario.
Por otro lado, la tramitación, por la vía contencioso-administrativa, de los numerosos procedimientos contra el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) como Autoridad Nacional de Resolución, que puso en marcha las medidas para ejecutar la decisión de la JUR se encuentra paralizada a la espera de que se resuelvan las reclamaciones de afectados por la quiebra del Popular presentadas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En estos procesos se discute el propio mecanismo de resolución de bancos en la Unión Europea.
En medio de estos líos judiciales, la JUR decidió en 2020 no compensar a los accionistas y acreedores del Banco Popular, al considerar que un procedimiento normal de insolvencia hubiera tenido mayores costes para los afectados que la resolución de la entidad.
Un grupo de inversores mexicanos (44 particulares y 10 empresas), encabezados por Antonio del Valle (que llegó a ser accionista significativo del Popular y al que se le atribuyen maniobras para expulsar de la presidencia a Ángel Ron y para desplomar la cotización para hacerse con la entidad al menos coste posible) han planteado un procedimiento de arbitraje internacional contra el Reino de España por la pérdida de sus inversiones. En ese procedimiento se ven afectados el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el FROB.
Y en EEUU se han tramitado varios procedimientos judiciales que busca que el Santander, como propietario del Popular, entregue información sobre el caso a los tribunales de Nueva York, a petición de los afectados.
Teórica extinción del plazo para reclamar
El 7 de junio se cumple el plazo para poder exigir responsabilidades por la ampliación de capital del Banco Popular, según la Ley del Mercado de Valores. Pero esa cuestión tampoco está clara, porque el estado de alarma interrumpe todos los plazos de prescripción y caducidad de los casos judiciales anteriores.
El bufete Col·lectiu Ronda asegura que el periodo para reclamar que tienen aquellos que acudieron a la ampliación del Popular es de cuatro años, lo que extiende la prescripción a 2021. Y quienes compraron acciones en el mercado secundario tienen 10 años para poder presentar reclamación.
El despacho Navas & Cusí recomienda a los afectados que aún no han acudido a los juzgados «enviar un burofax para interrumpir la prescripción de la causa».
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