Así figura en la consulta pública que ha publicado el Ministerio en su página web como paso previo para la elaboración de un proyecto normativo consistente en la modificación y elaboración de las condiciones para prestar trabajo por cuenta ajena a distancia. Los interesados en enviar sus aportaciones pueden hacerlo hasta el 22 de junio.
El departamento de Yolanda Díaz quiere proporcionar una regulación suficiente que dé respuestas a diversas necesidades, equilibrando el uso de estas nuevas formas de prestación de trabajo por cuenta ajena y las ventajas que suponen para empresas y personas trabajadoras, de un lado, y un marco de derechos que satisfagan, entre otros, los principios sobre su carácter «voluntario y reversible».
Asimismo, asegura que es preciso velar por el principio de «igualdad de trato» en las condiciones profesionales, en especial en lo concerniente a la retribución, incluida la compensación de gastos, la promoción y la formación profesional o el ejercicio de derechos colectivos.
TIEMPOS MÁXIMOS DE TRABAJO Y MÍNIMOS DE DESCANSO
La nueva norma regulará también los tiempos máximos de trabajo y los tiempos mínimos de descanso, la distribución flexible del tiempo de trabajo, así como los aspectos preventivos relacionados básicamente con la fatiga física y mental, el uso de pantallas de visualización de datos y los riesgos de aislamiento.
Aunque admite que el teletrabajo aporta «notables ventajas» como la mejor conciliación de la vida laboral personal y familiar, reducción de costes en las oficinas y ahorro de costes en los desplazamientos o caída del absentismo, Trabajo afirma que también presenta posibles «inconvenientes», como «tecnoestrés», horario continuo, conectividad digital permanente, mayor aislamiento laboral y traslado a la persona trabajadora de costes de la actividad productiva sin compensación alguna, entre otros.
Por ello, cree necesario establecer una nueva regulación que equilibre ambos aspectos y que aporte «certezas» para los trabajadores y para las empresas.
También apuesta por introducir los elementos precisos para asegurar que el trabajo a distancia y el empleo de los dispositivos digitales y otras formas de trabajo en red no supongan «una desprotección o merma de los derechos a la privacidad», sin perjuicio de las formas de control empresarial que puedan ejercerse de acuerdo con las exigencias de la ley.
REGULACIÓN ACTUAL INSUFICIENTE Y OBSOLETA
«La norma proyectada es necesaria para desarrollar y concretar las disposiciones legales que permitan garantizar un régimen jurídico seguro y suficiente sobre estas formas de prestación y organización del trabajo por cuenta ajena», subraya el departamento de Yolanda Díaz, que dice que el actual artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores donde está regulado es «insuficiente y obsoleto».
Por último, Trabajo asegura que el impacto real del teletrabajo se ha visto incrementado «de manera exponencial» por la pandemia del Covid-19, lo que ha puesto de manifiesto sus «ventajas y debilidades», así como la necesidad de que se aborde su regulación desde un marco jurídico «de seguridad, certeza y transparencia».
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.