Los autónomos deberán volver a pedir la ayuda y pagar una parte de la cotización

25/06/2020

Luis Martínez. Quienes opten por volver a la actividad gozarán de rebajas en la cuota de julio, agosto y septiembre.

El Gobierno aprobó hoy la prórroga de las ayudas a los autónomos frente a la Covid-19, con importantes modificaciones en su esquema. Quienes vuelvan a la actividad a partir del 30 de junio se beneficiarán de algunas exenciones en la cuota. En cambio, aquellos que sigan protegidos tendrán que solicitar de nuevo la ayuda, que pasará a consumir prestaciones futuras; además, en este caso, los autónomos deberán pagar la cuota, aunque la mutua les devolverá el 87% del total, según informó Upta, una de las asociaciones firmantes del acuerdo alcanzado hoy entre el Ejecutivo y los representantes de los trabajadores por cuenta propia.

Bonificaciones a la vuelta a la actividad

Según Upta, junio es el último mes en que se podrá cobrar la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos que se concedió desde marzo para aquellos que ser vieron obligados a cerrar o sufrieron fuertes caídas de ingresos.

Aquellos que salgan de la prestación extraordinaria se beneficiarán de una bonificación del 100% en la cuota de la Seguridad Social en julio, del 50% en agosto, y del 25% en septiembre. Un beneficio que será compatible con el ejercicio de la actividad.

El cobro de esta prestación extraodinaria no consumirá derechos en futuras solicitudes de ayudas de este tipo (‘contador a cero’).

Autónomos que mantienen la ayuda

Otro caso es de aquellos que no han logrado superar el bache económico a partir del 30 de junio. Estos podrán pedir la prestación ordinaria por cese de actividad, por un período de tres meses, entre julio y septiembre, también compatible con el ejercicio de actividad.

En este último caso los autónomos deberán demostrar una caída de ingresos del 75% durante el tercer trimestre con respecto al mismo período del año anterior, con un límite de ingresos netos de 5.818,75 euros trimestrales.

Los autónomos que se acojan a esta prestación ordinaria deberán volver a solicitar la ayuda a las mutuas.

El cobro de esta ayuda sí computará como derecho consumido en el futuro. Y los autónomos tendrán que pagar la totalidad de la cuota, si bien las mutuas les devolverán la parte correspondiente a la cuota por contingencias comunes, que supone un 87% del total de la cuota.

Los autónomos podrán suspender el cobro de esta ayuda cuando lo consideren oportuno.

Autónomos de temporada: de junio a septiembre

En cuanto a los autónomos de temporada, el acuerdo alcanzado hoy extiende las ayudas a estos trabajadores fijos discontinuos que ejercen la actividad únicamente durante los meses estivales.

Según Upta, la ayuda para los autónomos de temporada se limita al período de junio a septiembre, y no con efectos retroactivos desde marzo como se especuló.

Para acceder a la ayuda, según Upta, los autónomos de temporada deberán acreditar haber estado de alta al menos cinco meses al año, comprendidos entre marzo y octubre – ambos inclusive — durante los dos años anteriores a este 2020.

La ayuda será del 70% de la base reguladora (unos 661 euros, si se cotiza por la base mínima), y no será necesario cotizar a la Seguridad Social.

En este caso, el cobro de la ayuda será incompatible con el ejercicio de la actividad siempre que los ingresos netos que se perciban durante 2020 dusperan los 4.987,50 euros.

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