El teletrabajo ha llegado para quedarse

26/06/2020

Maite Vázquez del Río.

Uno de los protagonistas del estado de alarma fue el teletrabajo. Muchas empresas han logrado salvarse gracias a él. Y ahora que llega la «nueva normalidad», esa normalidad de distancias y mascarillas, ha surgido el debate del teletrabajo, demostrada su utilidad y eficacia.

El confinamiento ha demostrado que en muchas actividades se puede trabajar desde casa sin que sea necesario cerrar la empresa porque los trabajadores no pueden ir a su puesto de trabajo. No hace falta ir a la oficina para realizar el mismo trabajo en aquellas actividades donde todas las tareas se realizan a través de un ordenador o cualquier medio tecnológico conectado a ese gran invento que se llama Internet. Nos consta que en ministerios y servicios públicos se ha estado trabajando desde casa, en entidades financieras y otras muchas empresas de servicios. Es más, la venta online no es más que una modalidad de teleconsumir: igual que podemos trabajar desde casa, podemos consumir desde casa.

Cualquier empresa que tenga un servidor, un programa informático y acreditados los accesos de forma segura a sus trabajadores no necesita ofrecer el espacio físico donde trabajar en una oficina. El anteproyecto de ley que ha puesto el Ministerio de Trabajo sobre la mesa de negociación con los agentes sociales se basa sobre todo en la «voluntariedad» del trabajo. Quien quiera y pueda hacerlo desde casa, que lo haga, viene a decir el documento. La empresa no puede obligar. Y todo debe basarse en el acuerdo entre la empresa y el trabajador.

Yolanda Díaz ha querido aprovechar la situación para regularlo, esto es, que no haya pérdida de derechos ni de obligaciones por ninguna de las partes. Al fin y al cabo, mientras no haya vacuna contra el Covid-19 nadie nos garantiza que no vayamos a volver a teletrabajar por un nuevo confinamiento, o que se produzcan restricciones en algunas áreas geográficas por algún rebrote grave. La economía debe volver a funcionar a velocidad de crucero y, de momento, no es posible.

Trabajo quiere que, a través de convenio colectivo o acuerdo mutuo, tanto el trabajador como la empresa tengan sus derechos y obligaciones. De esta forma, tras la voluntariedad de la norma, se renocerá el derecho al horario flexible, siempre que se cumpla la jornada laboral. Sobre este punto también habrá excepciones, como los trabajadores que tengas establecidos tiempos de disponibilidad obligatoria. Para el resto incluso se especifica la desconexión digital una vez finalizada la jornada laboral.

Otro de los puntos que aborda la denominada «Ley de trabajo a distancia» es quién corre con los gastos que supone desarrollar el trabajo desde casa. También lo deja abierto a la negociación y al acuerdo, ya que hay que aclarar quién debe pagar desde el ordenador, el ratón, el teléfono, la conexión a Internet, el gasto de luz… El texto de Trabajo abre la posibilidad a crear complementos. No diferiría mucho en su redacción  del complemento que tienen en la actualidad muchos convenios para pagar el transporte de sus empleados para llegar a su puesto de trabajo.

Esta nueva normalidad va a cambiar muchas cochas cosas, ya que de aceptarse el teletrabajo, las empresas no necesitarán grandes oficinas por lo que sus alquileres o compra de espacios serán inferiores, como también sus gastos generales de luz, agua, teléfono se reducirán de forma significativa. El proyecto de ley, no obstante, quiere que esta situación se tenga en cuenta para que no sean los teletrabajadores los que asuman ese ahorro de la empresa sobre sus espaldas. Y por si existe alguna duda de que trabajan, en el texto del proyecto de ley se recuerda que existen numerosos medios técnicos para conocer si el trabajador está conectado y trabajando, y qué está haciendo en cada segundo de su jornada diaria.

Sin embargo, al presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, no le ha gustado cómo suena esta música. Primero no cree que en estos momentos en que empezamos a recuperarnos y levantar cabeza la regulación sea un tema urgente para negociar. Y llegados a este extremo ya ha advertido que si las empresas se ven incapaces de gestionar esta nueva forma de trabajo, podrían llegar a contratar trabajadores de otros países, ya que en su opinión el trabajo que hace en España una persona lo puede hacer un trabajador de Portugal o Argentina.

En mi modesta opinión, se trata de una salida de tiesto o amenaza clara a que si se abre esa puerta, todo vale. Vamos que igual que se deslocalizan empresas a países donde pagan menos impuestos (y ya han agotado todas las ayudas públicas) y se les dan más ayudas en otro lugar, también se pueden deslocalizar trabajadores en países donde los salarios sean inferiores a los de España, como en China para ir más lejos. Parece que entonces no tenían problemas de gestionar esta nueva de trabajo.

Sin embargo, llegados a ese extremo se hace más evidente y necesaria la regulación del teletrabajo en España.

El resto del anteproyecto aborda desde cómo desarrollar los derechos y obligaciones a través de las diferentes formas de contratación (en prácticas, formación, aprendizaje…), se intenta preservar la igualdad de genero y la no discriminación, igualando los derechos de los que trabajan a distancia como los que se desplazan al centro de trabajo. Es decir, lo importante es el trabajo realizado se esté donde se esté, por lo que no habrá perjuicios en las condiciones laborales de retribución, estabilidad en el empleo o promoción profesional; tampo se podrán modificar las condiciones laborales pactadas.

Como se define en el anteproyecto, el trabajo a distancia es aquel que se presta en el domicilio del trabajador o en el lugar elegido por él durante toda su jornada laboral o parte de ella, de modo no ocasional, y el teletrabajo es el que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. Ha llegado para quedarse.

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