Las empresas rescatadas no podrán pagar dividendos ni bonus

21/07/2020

diarioabierto.es. También deberán presentar un plan de viabilidad a medio y largo plazo con previsión de reembolso de la ayuda estatal. // Referencia del Consejo de Ministros

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del 21 de julio.

Las empresas consideradas estratégicas que se acojan al fondo de rescate al ver comprometida su viabilidad por la crisis del Covid-19 no podrán abonar dividendos ni pagar primas ni retribución variable a sus consejeros, según ha aprobado el Consejo de Ministros.

El fondo, aprobado el 3 de julio por el Gobierno en el marco de las medidas autorizadas por Bruselas para hacer frente al impacto de la pandemia en el tejido empresarial, está dotado inicialmente de 10.000 millones€, y su objetivo es prestar apoyo público temporal a empresas afectadas por la pandemia y consideradas estratégicas a escala nacional o regional.

El procedimiento tiene que iniciarlo la propia empresa afectada mediante solicitud por escrito. Y debe cumplir varios requisitos:

  1. que su domicilio y centros productivos estén en España;
  2. que no estuviera en crisis (ni en concurso voluntario ni en situación de insolvencia) a 31 de diciembre de 2019;
  3. que esté al corriente de sus obligaciones tributarias y sin haber sido condenada por cohecho, prevaricación o malversación de fondos públicos,
  4. acreditar que sin esta ayuda cesaría en su actividad y tendría graves dificultades para mantenerse a flote.
  5. justificar que su cese tendría un impacto negativo en la economía y en el empleo regional y

También deberá presentar un plan de viabilidad a medio y largo plazo con previsión de reembolso de la ayuda estatal.

Estas empresas no podrán llevar a cabo una política comercial agresiva ni asumir excesivos riesgos, al igual que tampoco podrán distribuir dividendos, ni los miembros del consejo de administración podrán cobrar primas o retribución variable.

El mecanismo de apoyo a estas empresas se articula bien mediante la concesión préstamos participativos, de deuda convertible o de participaciones sociales. El importe mínimo será de 25 millones por beneficiario, salvo casos justificados, Se fijará el importe máximo que sea imprescindible, siempre y cuando no supere el patrimonio neto de la compañía a 31 de diciembre 2019.

También se ha aprobado la composición y el funcionamiento del Consejo Gestor del fondo, que se pondrá en marcha antes de 30 días. Según la ministra de Hacienda y portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, esta medida «refleja el compromiso del Gobierno para proteger y reforzar el tejido productivo».

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.