Ángel Ron acusa a la CNMV de difamación y denuncia falsa

23/07/2020

diarioabierto.es. "La utilización de las palabras 'falsedad', 'mentir' y 'engaño' referidas a la conducta que se imputa y atribuidas a Ron, tiene carácter calumnioso, de acuerdo a los hechos reales e incluso al tipo de infracción en que se basa el expediente", recoge una nota emitida por el expresidente de Banco Popular.

El expresidente del Banco Popular, Ángel Ron, ha amenazado con emprender acciones legales por difamación y denuncia falsa contra la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que ha hecho públicas una serie de multas relacionadas con supuestos engaños en los informes anuales de remuneraciones de los consejeros de la entidad financiera entre los ejercicios 2013 y 2015.

«La utilización de las palabras ‘falsedad’, ‘mentir’ y ‘engaño’ referidas a la conducta que se imputa y atribuidas a Ron, tiene carácter calumnioso, de acuerdo a los hechos reales e incluso al tipo de infracción en que se basa el expediente», recoge una nota emitida por el expresidente de Banco Popular.

De este modo, se reserva las pertinentes acciones legales para la defensa de su honor y el ejercicio del derecho de rectificación, al considerar que la «maliciosa calificación» constituye una actuación «ilegal».

Ron ha asegurado que no redactó, ni intervino en la redacción o contenido de los informes de remuneraciones, para lo que se contaba con asesores externos e internos, que asesoraban técnicamente a la Comisión de Retribuciones, de la que tampoco formaba parte, ni asistía nunca.

Se limitaba únicamente a votar, como todos los demás consejeros, lo que proponían los técnicos que asesoraban a la Comisión. Estos técnicos externos que asesoraron la redacción de los documentos de 2013 a 2015 eran el despacho Garrigues y, específicamente, Salvador Espinosa De los Monteros y Eduardo Gómez de Salazar, siendo asesores internos los técnicos de las áreas correspondientes.

Ron ha indicado que la resolución de la CNMV está «viciada de nulidad, por inexistencia de la infracción que se imputa, por vulnerar los derechos fundamentales, ser contraria a la ley que dice aplicar y estar contenida en un expediente «caducado».

Además, ha asegurado que la multa está recurrida ante los tribunales desde el pasado 24 de abril y que ayer 22 de julio se ha ordenado por el Tribunal completar debidamente el expediente para interposición de la demanda, puesto que se había enviado «incompleto, desordenado y cercenado».

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