Las sentencias sobre el IRPH favorables al cliente duplican a las contrarias

20/10/2020

diarioabierto.es. “Lo justo para el consumidor es que los litigios de IRPH se zanjen con préstamos sin remunerar, de lo contrario, no hay efecto disuasorio para la entidad, tal y como establece la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas en los contratos con los consumidores. Sin embargo, sustituirlo por Euribor supondría un alivio para muchas familias. Está en manos del Supremo zanjar el debate o, por el contrario, volver a hacer una interpretación salomónica que alargue aún más el camino de los afectados por IRPH”, considera la presidenta de Asufin, Patricia Suárez.

El 21 de octubre tiene el Tribunal Supremo cinco asuntos encima de la mesa sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) sobre los que tendrá que pronunciarse después de que hiciera lo propio la instancia superior europea, el Tribunal de la Unión Europea (TUE) el 3 de marzo. Dos de ellos corresponden a CaixaBank, otros dos a Kutxabank y un quinto, a Liberbank, según Asufion

Uno de los procedimientos de Caixabank procede de la Audiencia Provincial de Jaén a cuenta de un IRPH Entidades + 0,25% que se declaró válido; el otro procede de la Audiencia Provincial de Badajoz, que lo declaró válido igualmente. En el caso de Kutxabank, uno de los procedimientos llega de la Audiencia Provincial de Álava que declaró nula la cláusula de IRPH, y el otro procede de la Audiencia Provincial de Cantabria que en este caso dictaminó la validez.

El último procedimiento llevará con toda probabilidad el IRPH al Consejo de Ministros dado que se dirime la validez o nulidad de un diferencial de préstamo de Liberbank integrado en el Plan de Vivienda Estatal de 2005. Procede de Badajoz y los magistrados de la Audiencia Provincial lo declararon válido por remisión al Real Decreto Ley que ampara ese plan.

«Son muchas las familias que accedieron a una VPO y que ahora sufren el IRPH por orden ministerial, una injusticia aún mayor si se tiene en cuenta que son familias vulnerables», señalan en la Asociación de Usuarios Financieros.

“Muchas Audiencias Provinciales están anulando el IRPH Cajas y Bancos, pero lo están sustituyendo por el IRPH Entidades, lo cual es un despropósito pues se configura de la misma manera que los anteriores y supone un claro perjuicio para el consumidor” opina Patricia Suárez, presidenta de Asufin.

“Lo justo para el consumidor es que los litigios de IRPH se zanjen con préstamos sin remunerar, de lo contrario, no hay efecto disuasorio para la entidad, tal y como establece la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas en los contratos con los consumidores. Sin embargo, sustituirlo por Euribor supondría un alivio para muchas familias. Está en manos del Supremo zanjar el debate o, por el contrario, volver a hacer una interpretación salomónica que alargue aún más el camino de los afectados por IRPH”, añade.

Mayoría favorable

De las sentencias sobre el IRPH dictadas después del pronunciamiento del Tribunal de la Unión Europea, 30 son favorables al cliente, 17 contrarias, 4 son parciales, según el recuento de Asufin.

La mayoría de las sentencias dictadas a favor del consumidor sustituyen el IRPH por Euribor. Y ya hay casos, como la sentencia emitida el 24 de abril por la Audiencia Provincial de Toledo que ha considerado justo dejar el préstamo sin remunerar.

«Más allá del criterio que establezca el Tribunal Supremo este miércoles, los jueces están recurriendo a Luxemburgo para aclarar qué sucede con el IRPH. Las dudas siguen ahí: ¿Se informó adecuadamente al consumidor de las consecuencias de firmar una hipoteca en este índice? ¿Conocía la fórmula que se emplea para calcularlo? ¿Eran conscientes de que en el IRPH se suman todos los costes de una hipoteca y que, por tanto, su cuota iba a experimentar un importante sobrecoste con respecto al Euribor?”

 

 

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