La Unión Europea crea el Instrumento de Recuperación

22/12/2020

Francisco J. Valero. El Reglamento aprobado por la UE, que entra en vigor el 23 de diciembre, supone un auténtico Gordo para Europa y, concretamente, para España. // Reglamento (UE) 2020/2094

El DOUE extraordinario (la I significa una publicación imprevista previamente) de 22 de diciembre publica el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19.

Como índica su título, este Reglamento, que entra en vigor al día siguiente de su publicación, establece el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Instrumento») para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19.

El apoyo en el marco del Instrumento financiará en particular las medidas siguientes para hacer frente a las consecuencias económicas adversas de la crisis de la COVID-19 o a las necesidades inmediatas de financiación para evitar un rebrote de dicha crisis:

  • medidas para restablecer el empleo y la creación de puestos de trabajo;
  • medidas en forma de reformas e inversiones para revitalizar el potencial de crecimiento sostenible y de empleo con objeto de reforzar la cohesión entre los Estados miembros y aumentar su resiliencia;
  • medidas para las empresas afectadas por el impacto económico de la crisis de la COVID-19, en particular las que beneficien a las pequeñas y medianas empresas, así como apoyo a la inversión en actividades que son esenciales para el refuerzo del crecimiento sostenible en la Unión, incluida la inversión financiera directa en empresas;
  • medidas para la investigación y la innovación en respuesta a la crisis de la COVID-19;
  • medidas para aumentar el nivel de preparación de la Unión frente a situaciones de crisis y permitir una respuesta rápida y efectiva de la Unión cuando se produzcan emergencias graves, incluidas medidas como el almacenamiento de suministros y material médico esenciales y la adquisición de las infraestructuras necesarias para proporcionar una respuesta rápida a la crisis;
  • medidas para garantizar que una transición justa hacia una economía neutra desde el punto de vista climático no se vea minada por la crisis de la COVID-19;
  • medidas para hacer frente al impacto de la crisis de la COVID-19 en la agricultura y el desarrollo rural.

Estas medidas se aplicarán en el marco de programas específicos de la UE y de conformidad con los actos pertinentes de la UE que establezcan normas para dichos programas, respetando plenamente los objetivos del Instrumento. Estas medidas incluirán asistencia técnica y administrativa para su aplicación.

Financiación y asignación de fondos

 El Instrumento se financiará con un importe de hasta 750.000 millones € (todas las cantidades se refieren a precios de 2018). A efectos de la aplicación de programas específicos de la UE, este importe se ajustará con arreglo a un deflactor fijo del 2% anual, que para los créditos de compromiso se aplicará a los tramos anuales.

El importe anterior se asignará de la siguiente forma:

  • ayuda de hasta 384.400 millones en forma de ayuda no reembolsable y ayuda reembolsable a través de instrumentos financieros, distribuida de la siguiente forma:
  1. hasta 47.500 millones para los programas estructurales y de
    cohesión del marco financiero plurianual 2014-2020, tal como han
    sido reforzados hasta 2022, incluido el apoyo a través de los
    instrumentos financieros,
  2. hasta 312.500 millones para un programa de financiación de la
    recuperación y la resiliencia económica y social a través del apoyo a
    las reformas y las inversiones,
  3. hasta 1.900 millones para programas relacionados con la protección
    civil,
  4. hasta 5.000 millones para programas relacionados con la
    investigación y la innovación, incluido el apoyo a través de los
    instrumentos financieros,
  5. hasta 10.000 millones para programas de apoyo a los territorios en
    su transición hacia una economía neutra desde el punto de vista
    climático,
  6. hasta 7.500 millones para el desarrollo de zonas rurales;
  • hasta 360.000 millones en forma de préstamos a los Estados miembros para un programa de financiación de la recuperación y la resiliencia económica y social a través del apoyo a las reformas y las inversiones;
  • hasta 5.600 millones para provisiones para garantías presupuestarias y gastos relacionados para programas destinados a apoyar operaciones de inversión en el ámbito de las políticas internas de la UE.

¡Éste es un auténtico premio Gordo para la UE y, en concreto, para España!

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