El Derecho satelital regula un subsector de las telecomunicaciones en auge

11/01/2021

Gerardo A. Steta Perea, de Cremades & Calvo-Sotelo.. El número de satélites artificiales se incrementará.

El uso de satélites artificiales se ha intensificado de forma importante los últimos años. La razón es que juegan un papel fundamental hoy día, pues permiten realizar muchas actividades cotidianas sin que seamos plenamente conscientes de su intervención. Por ejemplo, los satélites son la base del sistema de posicionamiento global o GPS (Global Positioning System), que utilizamos en aplicaciones de mapas que son de gran utilidad para desplazarnos con más precisión de un lugar a otro. Igualmente, son elementos clave para la transmisión de señales de televisión y radiofrecuencia; para realizar predicciones del clima, o incluso para asegurar, en muchos casos, la conectividad a Internet con interferencias casi nulas. También hacen posible que la navegación aeronáutica en los distintos espacios aéreos se lleve a cabo de una forma coordinada, evitando así que se produzcan interferencias perjudiciales.

De acuerdo con la organización Union of Concerned Scientists, existen en órbita más de 2.600 satélites artificiales. Se espera que esta cifra crezca cada vez más debido al creciente desarrollo internacional de la red móvil de quinta generación 5G y por la propia evolución de Internet de las Cosas (IoT, por sus siglas en inglés). Gracias al 5G y a IoT, se estima que para 2025 habrá en el mundo cerca de 38.000 millones de dispositivos conectados.

Imagen: Alexas (obtenida en pixabay.com y modificada).

Pero, ¿cómo es posible que los recursos orbitales puedan operar sin colisionar entre ellos y sin que se produzcan interferencias? En gran medida, es debido a la compleja regulación satelital que se ha ido desarrollando y perfeccionando con el tiempo.

En 1906, en Berlín, durante la Conferencia Radiotelegráfica Internacional, se firmó el primer Convenio Radiotelegráfico Internacional, antecedente del actual Reglamento de Radiocomunicaciones —en su origen, Reglamento del Servicio de Radiotelegrafía— que está a cargo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), organismo de las Naciones Unidas encargado de regular las telecomunicaciones a escala internacional. Aquel primer instrumento normativo dedicado a coordinar y normalizar el funcionamiento de las redes y servicios de telecomunicaciones —incluidas las redes satelitales— se ha ido adaptando a las distintas realidades y evoluciones tecnológicas. Así, la edición más reciente del Reglamento de Radiocomunicaciones es del año 2020.

Los Estados ante la UIT
Este reglamento incorpora distintos aspectos, técnicos y jurídicos, dedicados a la gestión internacional y óptima del espectro de frecuencias radioeléctricas y, por tanto, la asignación de recursos orbitales. Contiene más de 1.000 páginas de información descriptiva sobre cómo se pueden utilizar y compartir el espectro y las órbitas de satélite en todo el mundo. Asimismo, el reglamento determina los procedimientos esenciales que deben seguir los Estados para la obtención de recursos órbita-espectro a nivel internacional. En este sentido, es importante tomar en cuenta que los Estados son los únicos que tienen la capacidad para solicitar a la UIT la asignación de recursos órbita-espectro. En definitiva, cualquiera que precise una asignación —sea organización privada o pública, o un particular— debe solicitarla al Estado que les corresponda.

La asignación de estos recursos se lleva a cabo, esencialmente, por medio de dos procedimientos principales: el de notificación y el de coordinación. Dentro de cada uno de los procedimientos, los Estados tienen la facultad de definir, a nivel interno, los procedimientos administrativos para que los gobiernos puedan asignar los recursos a aquellos que lo soliciten. En el caso de España, para poder acceder a uno de estos recursos órbita-espectro, es necesario obtener el correspondiente título habilitante de parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Posteriormente, el Estado deberá llevar a cabo los procedimientos de coordinación y notificación ante la UIT. Lo anterior, conforme al Real Decreto 123/2017, del 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico.

En cuanto a las gestiones directas que se efectúan ante la UIT para la obtención de los recursos órbita-espectro, el procedimiento consta de varios pasos. Básicamente, están dirigidos a proporcionar determinada información a la UIT, con el fin de que ésta y terceros Estados determinen la no existencia de interferencias perjudiciales a las frecuencias ya asignadas. Lo anterior se lleva a cabo por medio de la Publicación de Información Anticipada (API, por sus siglas en inglés) que debe ser primero publicada por la UIT para recibir comentarios por parte de terceros Estados y, posteriormente, validada y publicada de forma definitiva.

El último paso es llevar a cabo la notificación de asignación de frecuencias ante la UIT. Se inicia con el procedimiento de llenado, seguido de su posterior validación y envío ante la UIT para su evaluación, formalización y publicación en el BR IFIC (Circular Internacional de Información sobre Frecuencias de la Oficina de Radiocomunicación de la UIT).

Lo expuesto anteriormente representa, de una forma muy resumida, los procedimientos que se deben llevar a cabo para la obtención de recursos orbitales ante la UIT. El procedimiento completo viene debidamente detallado en el Reglamento de Radiocomunicaciones, en sus artículos 9 y 11, así como en los apéndices 4, 30A y 30B del citado instrumento jurídico.

Como se puede apreciar, los procedimientos de asignación de frecuencias para las telecomunicaciones vía satélite revisten una importante complejidad, pues entran en juego aspectos técnicos y jurídicos, así como importantes componentes internacionales, que se deben evaluar cuidadosamente, a fin de evitar problemas en el momento de solicitar la obtención de un recurso orbital ante el organismo regulador de telecomunicaciones, como hemos mencionado. Finalmente, es innegable que el uso de satélites para comunicaciones irá aumentando cada vez más, por lo que es importante que los Estados establezcan procedimientos administrativos adecuados y ágiles, tendentes a facilitar que estos procedimientos internacionales se desarrollen de forma apropiada, de manera tal que se pueda incentivar el desarrollo y crecimiento del sector satelital, en España y a escala internacional.

Gerardo A. Steta Perea (en Twitter, @Steta_Gerardoes asesor legal en Cremades & Calvo-Sotelo (@cremadescsotelo).

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