Los empleados del Banco de España ganan el 2% más en 2020

21/01/2021

diarioabierto.es. El sindicato CCOO, que considera que se trata de un "convenio de mínimos", reclama que se lleguen a acuerdos durante 2021 en cuestiones como el plan de desconexión digital, el teletrabajo y el plan de igualdad. // Convenio colectivo del Banco de España 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 21 de enero publica el convenio colectivo para los empleados del Banco de España para los años 2019 y 2020, que se entenderá prorrogado de año en año si no se promueve denuncia expresa del mismo por alguna de las partes.

El convenio fue firmado por el Banco de España y los sindicatos el 29 de diciembre de 2020, dos días antes de que decayese el anterior. Las retribuciones salariales y extrasalariales del personal del Banco de España experimentarán, con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2018, un incremento global del 2,25% con efectos de 1 de enero de 2019 y, adicionalmente, otro incremento global del 0,25% con efectos de 1 de julio de 2019.

Dado que el 18 de febrero de 2020 se suscribió un acuerdo en el seno de la comisión negociadora de convenio para abonar, mediante un anticipo a cuenta, los incrementos salariales de 2019 con sus correspondientes atrasos, los indicados importes han quedado consolidados.

Se aplicarán los mismos porcentajes de incremento y fechas de efectos económicos anteriormente referidos sobre la parte fija del complemento previsto y que no ha sido efectivamente anticipado por inexistencia de acuerdo colectivo al respecto. El abono de estos incrementos, así como sus atrasos, será realizado en la primera nómina que sea posible.

También se establece un incremento adicional del 0,3% de la masa salarial del año 2018 destinado a minorar la reducción salarial del 5% establecida en el real decreto ley 8/2010, de 20 de mayo, que se aplicará en la gratificación extraordinaria.

En cuanto a 2020, los salarios experimentarán, con respecto a los vigentes a 31 de diciembre de 2019, un incremento global del 2% con efectos de 1 de enero de 2020. Ese incremento fue abonado anticipadamente el 18 de febrero de 2020, por lo que estos importes también quedan consolidados.

Adicionalmente, se aplicarán los mismos porcentajes de incremento y fechas de efectos económicos anteriormente referidos sobre la parte fija del complemento previsto, y que a la fecha de la firma del presente convenio no ha sido efectivamente anticipado por inexistencia de acuerdo colectivo al respecto. El abono de estos incrementos (y sus atrasos) será realizado en la primera nómina que sea posible.

El sindicato CCOO, que considera que se trata de un «convenio de mínimos», reclama que se lleguen a acuerdos durante 2021 en cuestiones como el plan de desconexión digital, el teletrabajo y el plan de igualdad.

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.