¿Regular las relaciones laborales de ‘riders’ y otros trabajadores de la economía digital?

12/02/2021

diarioabierto.es. La Fundación Ergon organiza un Diálogo con Sagardoy Abogados y ORH.

El último informe de la Fundación para el Análisis y el Desarrollo del Empleo (Ergon) considera necesaria e imprescindible la definitiva regulación de los “nuevos formatos laborales”, es decir, de las formas de trabajo nacidas en la nueva economía, como los riders y otros trabajadores de plataformas digitales. El informe resume su último Diálogo, un espacio colaborativo y de debate sobre el futuro del trabajo, en el que esta vez han participado expertos del despecho especializado en Derecho laboral Sagardoy Abogados y del Observatorio de Recursos Humanos (ORH).

 El informe destaca “el impacto que este tipo de formatos laborales tendrá en las tasas de desempleo —un estudio reciente de la OCDE, la sitúan en valores superiores al 21%—, un problema estructural de difícil solución: se podría llegar a unas tasas que suponen volver a situarnos en niveles similares a los alcanzados en la parte alta del impacto de la crisis del 2008-2012”. Añade el informe que dos de los sectores más afectados, tractores de nuestra economía, serán el turismo y el comercio.

Para afrontar este problema, será preciso cambiar determinados “chips culturales”, apunta el informe. Esto exigirá reenfocar las instituciones educativas y de aprendizaje; demandar un replanteamiento del marco de relaciones laborales; transformar las políticas y estrategias en materia de empleo, y tomar en consideración lo que esta crisis supone para el modelo tradicional de protección social.

Imagen: Postcardtrip (obtenida en pixabay.comy y modificada).

La necesaria regulación de estos nuevos formatos laborales “debería partir del criterio básico de proteger a las personas, con independencia de cuál sea el tipo de relación contractual que tenga con su empleador, buscando una protección básica de carácter universal. Una protección centrada en cubrir al ciudadano y al trabajador, dirigida a corregir y minimizar las desigualdades sociales, de las que hoy poco se habla, pero que son cada vez más evidentes. Una desigualdad que no sólo proviene de las condiciones laborales y salariales vinculadas a una determinada situación contractual —trabajadores con contrato fijo, empleados públicos, trabajadores con formatos precarios, profesionales vinculados a los nuevos formatos laborales, autónomos dependientes, etc.— sino que también deviene de los niveles de cobertura social y de las prestaciones de ella derivadas”, denuncia el informe.

Rediseñar el contrato social
Además, sus autores destacan que hoy día el mundo del trabajo “está condicionado por la mayor atomización de los modelos laborales”. Una atomización que “claramente está adquiriendo una dimensión estructural, y en la que el paradigma consolidado de la flexibilidad obliga a reimaginar y rediseñar el llamado contrato social y el papel de los interlocutores sociales”.

El informe hace un llamamiento a la necesidad de “superar la imagen social de que todas estas actividades no convencionales sean sinónimos de fraude y precariedad laboral, aunque la inexistencia de una normativa lo favorezca. Hemos de tomar consciencia de los criterios que se están definiendo en los ámbitos jurisdiccionales. Por ello, consideramos urgente el establecimiento de una legislación que ampare y de cobertura a estas nuevas realidades”.

Respecto al debate sobre cómo legislar y regular las relaciones laborales en la nueva economía digital, los autores del informe dicen: “Nuestra visión, basándose en el análisis de la realidad y en los criterios que se van estableciendo por la jurisprudencia, es la de que el nuevo marco legal se debería de basar en estos criterios:

  • La “laboralidad” de este tipo de prestaciones. La fórmula de una norma de criterios mínimos basada en la legislación aplicable a los profesionales autónomos, con garantías reforzadas, podría ser perfectamente válida.
  • La necesidad de establecer una legislación básica —de acuerdo con los criterios y coberturas expuestos más arriba—, dejando a las partes la fijación de las condiciones contractuales a aplicar en cada organización.
  • Evitar el error de intentar entrar en casuísticas detalladas. No hay que basarse en el falso criterio de la necesidad de entrar en los detalles, olvidando que dentro de lo que denominamos “nuevos formatos laborales” hay una gran multitud de casuísticas y situaciones, pues no sólo existen los llamados riders). Y dada la velocidad de los avances tecnológicos, tampoco se puede pretender resolver el problema de forma permanente.

Finalmente, el informe recoge la percepción de los participantes en este nuevo Diálogo de la Fundación Ergon dirigida a esclarecer las vicisitudes del futuro del trabajo. Auguran muchos cambios, empezando por el que será resultado de un requerimiento: plantearse la necesidad de desarrollar una legislación transnacional que regule estas actividades. “Quizá este pueda ser el primer ámbito en el que la legislación de carácter laboral pueda ser común al conjunto de Estados de la UE. Somos conscientes de que no resultará fácil, pero muchas otras cosas parecían imposibles y hoy ya forman parte de nuestra vida”.

Más información
⇒ Seguir en Twitter a Sagardoy Abogados (@Sagardoy), al Observatorio de Recursos Humanos (@ORH_RH) y a Pau Hortal  (@pauhortal), vicepresidente de la Fundación Ergon, entidad constituida en 2019 con el propósito de mejorar el mercado de trabajo y minimizar la brecha entre talento y empleo. Su misión es la de analizar, construir y proponer soluciones que permitan responder a los retos del mundo del trabajo, poniendo a las personas en el centro. Esta fundación pretende ayudar a las organizaciones públicas y privadas, bajo los criterios de independencia, innovación, profesionalidad y transparencia.

 

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