Economía aclara la contabilidad de los ingresos de las empresas

13/02/2021

diarioabierto.es. La norma del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas incluye criterios de reconocimiento de ingresos estableciendo las reglas que permiten identificar el contrato (incluidas las pautas en materia de combinación y modificación de contratos). También se abordan las reglas de valoración del ingreso. // Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 13 de febrero publica la Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios.

La norma, extensa (32 páginas), tiene en cuenta la última modificación del Plan General de Contabilidad y sus disposiciones complementarias, a través del Real Decreto 1/2021, de 12 de enero. La Resolución, firmada por el presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Santiago Durán, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE y será de aplicación a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021.

Incluye criterios de reconocimiento de ingresos estableciendo las reglas que permiten identificar el contrato (incluidas las pautas en materia de combinación y modificación de contratos). También se abordan las reglas de valoración del ingreso.

«Cuando la empresa estime altamente probable la concesión de un descuento fuera de factura (con posterioridad a la entrega del bien o prestación del servicio), esta circunstancia se debería tener en cuenta para valorar el ingreso y, en su caso, contabilizar un pasivo por el importe que se espera devolver al cliente (como un pago en efectivo o mediante la reducción de la cuenta a cobrar)», señala la norma.

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