Más de 13.000 empresas tienen desde hoy la obligación legal de contar con planes de igualdad. Se trata de las 13.000 compañías que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), cuentan con más de un centenar de trabajadores en plantilla. Una obligación que el año próximo se extenderá a las empresas de más de 50 trabajadores, según destaca UGT.
Las 13.094 empresas que cuentan con más de un centenar de trabajadores están obligadas desde hoy a contar con un plan de igualdad. Y detallar las medidas que adoptarán para corregir las desigualdades de género detectadas entre su personal. Para ello deberán trazar antes un diagnóstico, también obligatorio, que les permita aprobar medidas efectivas para corregir esa discriminación.
Así se detalla en el real decreto ley 6/2019, de 7 de marzo, que concedía a estas empresas dos años para delinear sus medidas correctoras de la desigualdad en función del sexo de sus trabajadores, señala el sindicato, que no detalla, sin embargo, el alcance efectivo de la nueva obligación.
UGT recuerda que el real decreto de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación se aprobó hace dos años. La idea era desarrollar el alcance de la ley de igualdad, que desde su aprobación en 2007 ha visto “muy limitada su eficacia” por la falta de desarrollo reglamentario, critica el sindicato.
En opinión de UGT, los planes de igualdad han de suponer “una de las herramientas más potentes” para que los sindicatos velen por el cumplimiento en las empresas de las nuevas nuevas exigencias en materia de igualdad.
Disputa legal con CEOE
El propio real decreto ley facultó a los sindicatos para negociar los planes de igualdad. Fue incluso más allá. Y planteó que fueran los sindicatos más potentes del sector quienes negociaran estos planes, cuando la empresa careciera de representación sindical.
La idea disgustó a los empresarios de CEOE. Presentaron un recurso ante el Tribunal Supremo, al entender que el Gobierno pretendía favorecer la penetración sindical en las empresas —normalmente de pequeño tamaño— que no contaban con representación legal de los trabajadores.
Sin embargo, el recurso de los empresarios contra el desarrollo normativo de los planes normativos parece tener pocas posibilidades de prosperar. Y es que, pocos días después de que se conociera el recurso, el propio Tribunal Supremo sancionó, en otro asunto, la potestad de los sindicatos para negociar estos planes de igualdad.
Los magistrados del Supremo, en una demanda interpuesta contra la empresa Ayesa Ingenierías, avalaron la legitimidad de los sindicatos para negociar los planes de igualdad, y equiparó estos planes con los convenios colectivos.
Una brecha de 6.000 euros
Según UGT, los planes de igualdad, obligatorios desde hoy en empresas de más de cien trabajadores, suponen una potente herramienta para evitar las discriminaciones en el seno de las empresas.
Las empresas deberán revisar los sistemas de valoración de los puestos de trabajo, a fin de detectar si en sus entrañas, se alojan criterios que perjudiquen el trabajo de las mujeres, por ejemplo en el diseño de complementos o pluses, que muchas veces retribuyen peor aquellas funciones que son desempeñadas habitualmente por mujeres. Unos complementos que ya han recibido diversos varapalos judiciales.
UGT recuerda que las mujeres cobran de media unos 6.000 euros menos al año que los hombres. Y estiman en 44.000 millones el importe en salarios que “los empresarios se ahorran” gracias a esta discriminación por razón de sexo.
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