El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de 26 de marzo publica el Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017.
Este reglamento tiene 60 páginas y será aplicable a partir del 1 de enero de 2021. El Reglamento 2015/1017, del que no nos ocupamos aquí, es el relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, al Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión y al Portal Europeo de Proyectos de Inversión.
El nuevo reglamento establece el Fondo InvestEU, que proveerá una garantía de la UE para apoyar aquellas operaciones de financiación e inversión, llevadas a cabo por las entidades gestoras asociadas, que contribuyan a objetivos de las políticas internas de la Unión. Se entiende por entidad gestora asociada una contraparte admisible, como una entidad financiera u otro intermediario financiero, con la que la Comisión Europea (CE) haya celebrado un acuerdo de garantía;
El reglamento establece también un mecanismo de asesoramiento para apoyar el desarrollo de proyectos que puedan ser objeto de inversiones y el acceso a financiación y prestar asistencia para el desarrollo de las capacidades correspondientes («Centro de Asesoramiento de InvestEU»). Además, establece una base de datos para dotar de visibilidad a los proyectos cuyos promotores busquen financiación y que proporcione a los inversores información sobre oportunidades de inversión («Portal InvestEU»).
El reglamento establece los objetivos del Programa InvestEU, su presupuesto y el importe de la garantía de la UE para el período 2021-2027, las formas de financiación de la Unión y las normas para proporcionar dicha financiación. El Programa InvestEU es el conjunto compuesto por el Fondo InvestEU, el Centro de Asesoramiento de InvestEU, el Portal InvestEU y las operaciones de financiación mixta;
Objetivo general
El objetivo general del Programa InvestEU es apoyar los objetivos de las políticas de la Unión mediante operaciones de financiación e inversión que contribuyan a:
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la competitividad de la UE, incluyendo la investigación, la innovación y la digitalización;
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el crecimiento y el empleo en la economía de la UE, la sostenibilidad de la economía de la UE y su dimensión medioambiental y climática que contribuyen a alcanzar los ODS y los objetivos del Acuerdo de París y a crear empleos de calidad;
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la resiliencia, la inclusión y la innovación sociales de la UE;
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la promoción de los avances científicos y tecnológicos y de la cultura, la educación y la formación;
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la integración de los mercados de capitales de la UE y el fortalecimiento del mercado interior, incluidas las soluciones para resolver la fragmentación de los mercados de capitales de la UE, para diversificar las fuentes de financiación para las empresas de la UE y para fomentar unas finanzas sostenibles;
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el fomento de la cohesión económica, social y territorial, o
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la recuperación sostenible e inclusiva de la economía de la UE tras la crisis de la COVID-19, entre otros, apoyando con capital a las pymes que se hayan visto perjudicadas por la crisis de la COVID-19 y que aún no estuviesen en dificultades en términos de ayudas estatales a finales de 2019, preservando y robusteciendo las cadenas de valor estratégicas existentes de activos materiales o inmateriales, desarrollando otras nuevas y manteniendo y reforzando las actividades de importancia estratégica para la UE, incluidos los proyectos importantes de interés común europeo, en relación con las infraestructuras esenciales, ya sean físicas o virtuales, las tecnologías transformadoras, las innovaciones revolucionarias y los insumos a las empresas y los consumidores, así como apoyando una transición sostenible.
Objetivos específicos
El Programa InvestEU tiene los objetivos específicos siguientes:
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apoyar operaciones de financiación e inversión relacionadas con infraestructuras sostenibles en los ámbitos a que se refiere el art. 8.1a) (Ejes de actuación);
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apoyar operaciones de financiación e inversión en relación con la investigación, la innovación y la digitalización, incluida la ayuda a la expansión de las empresas innovadoras y el despliegue de tecnologías en el mercado, en los ámbitos a que se refiere el art. 8.1b);
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aumentar el acceso y la disponibilidad de la financiación para las pymes y las pequeñas empresas de mediana capitalización y mejorar su competitividad global;
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aumentar el acceso y la disponibilidad de la microfinanciación y de la financiación para las empresas sociales, apoyar operaciones de financiación e inversión relacionadas con inversión social, competencias y capacidades, y desarrollar y consolidar los mercados de inversión social en los ámbitos a que se refiere el art. 8.1d).
Presupuesto e importe de la garantía de la UE
Debido a la complejidad que adquiere este apartado del reglamento, art. 4, se resume aquí en términos de las cuantías monetarias globales implicadas.
La garantía de la UE a efectos del compartimento de la UE será de 26.152 millones € a precios corrientes. Se podrá proporcionar un importe adicional de la garantía de la UE a efectos del compartimento de los Estados miembros.
La dotación financiera para la aplicación de las medidas establecidas en los capítulos VI (Centro de Asesoramiento de InvestEU) y VII (Portal InvestEU) ascenderá a 430 millones € a precios corrientes. Este importe también podrá destinarse a asistencia técnica y administrativa para la ejecución del Programa InvestEU.
El nuevo reglamento va acompañado de los siguientes anexos:
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Importes de la garantía de la UE por objetivo específico
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Ámbitos en los que las operaciones de financiación e inversión son subvencionables
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Indicadores clave de rendimiento y seguimiento
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Programa InvestEU – instrumentos precedentes
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Fallos de mercado, situaciones de inversión subóptimas, adicionalidad y actividades excluidas.
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