La magistrada Carmen Robles, titular del Juzgado Número 2 de Ibiza y artífice de la segunda cuestión prejudicial sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios ( IRPH) elevada al Tribunal del Justicia de la Unión Europea (TUE), considera que las costas deben corresponder siempre a las entidades financieras, porque son las que obligan a litigar al consumidor.
«Si ha habido un requerimiento previo, es la entidad bancaria la que ha obligado al consumidor a litigar, por lo que corresponde a la entidad pagar las costas», afirma en un seminario online organizado por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).
Para Carmen Robles, es «imprescriptible» tanto su nulidad como la restitución de cantidades: «Si se declara la nulidad de pleno derecho de la cláusula IRPH, su efecto es retroactivo e imprescriptible; de lo contrario, chocaría con toda la legislación vigente».
La magistrada también sostiene que el Tribunal Supremo tendrá que emitir un nuevo recurso de casación para unificar la doctrina sobre el IRPH ante la división existente en estos momentos entre las Audiencias provinciales.
La abogada Maite Ortiz, especializada en la defensa frente al IRPH, considera que «el consumidor tiene que salir completamente indemne de estos procesos». Muchos juzgados están suspendiendo ya los procedimientos ante las cuestiones prejudiciales que hay planteadas ante el TUE. El propio Tribunal Supremo, aunque ha alegado que preguntará por la admisión de estas cuestiones, lo que ha hecho es una suspensión de facto de los casos.
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